La bandera nacional de Uruguay , conocida oficialmente como Pabellón Nacional , es una de las tres banderas oficiales de Uruguay junto con la bandera de Artigas y la bandera de Treinta y Tres . Tiene un campo de nueve franjas horizontales iguales alternadas de blanco y azul. El cantón es blanco, cargado con el Sol de Mayo , del cual se extienden 16 rayos, alternados entre triangulares y ondulados. [1] La bandera fue adoptada por primera vez por ley el 18 de diciembre de 1828, y tenía 19 franjas alternadas de blanco y azul hasta el 11 de julio de 1830, cuando una nueva ley redujo el número de franjas alternadas a nueve. [2] La bandera fue diseñada por Joaquín Suárez . [2]
Las franjas horizontales de la bandera representan los nueve departamentos originales de Uruguay , basándose en la bandera de los Estados Unidos, donde las franjas representan las 13 colonias originales. La primera bandera diseñada en 1828 tenía 9 franjas de color azul claro; este número se redujo a 4 en 1830 debido a problemas de visibilidad desde la distancia. Estas franjas de azul y blanco se inspiraron en la bandera de Argentina , lo que hace que la bandera de Uruguay forme parte de las familias de banderas Stars and Stripes y Belgrano . [3]
El Sol de Mayo dorado representa la Revolución de Mayo de 1810; el Sol de Mayo es un sol figurativo que representa a Inti , el dios sol y fundador mitológico del Imperio Inca . También aparece en la bandera de Argentina y en el escudo de armas de Bolivia .
Los tonos de color específicos de la bandera no están definidos oficialmente por ley. Sin embargo, la mayoría de las representaciones utilizan los siguientes:
El Pabellón Nacional comparte su estatus oficial con otras dos banderas, aunque posee una posición jerárquica superior entre ellas:
Durante el dominio español :
Independencia de España:
Bandera de Cisplatina , bajo dominio portugués/brasileño entre 1821 y 1825:
Independencia uruguaya y reunificación con las Provincias Unidas (1825-1828):
Durante el Gran Sitio de Montevideo (1843-1851) Uruguay tuvo dos gobiernos paralelos, con dos banderas diferentes:
De acuerdo con la Ley Nº 9.935 del 14 de junio de 1940, en todos los institutos de enseñanza públicos y privados “el Juramento a la Bandera se realizará solemnemente el día 19 de junio”. [4] Asimismo, el artículo 28 de la Ley Nº 9.943, establece que todo ciudadano natural o jurídico del Uruguay debe realizar el Juramento a la Bandera Nacional. [5]
El 19 de junio de cada año se realiza la Promesa de Lealtad a la Bandera para los niños de primer año de primaria y el Juramento de Lealtad a la Bandera para los niños de primer año de secundaria. [6]
Los institutos educativos públicos que no realicen la ceremonia podrán ser objeto de sanciones administrativas y los privados podrán ser multados. [7] La falta del Juramento a la Bandera conlleva sanciones como la imposibilidad de expedir títulos profesionales o técnicos, y de acceder al trabajo en el servicio público. [8] [9]