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Figueroa v Canadá (AG)

Figueroa contra Canadá (AG) , [2003] 1 SCR 912 es una importante decisión de la Corte Suprema de Canadá sobre el derecho a participar en una elección federal según la sección 3 de la Carta Canadiense de Derechos y Libertades . El Tribunal anuló una disposición que exigía que un partido político nominara 50 candidatos antes de recibir ciertos beneficios.

Fondo

Miguel Figueroa , líder del Partido Comunista de Canadá , cuestionó la constitucionalidad de las secciones 24 y 28 de la Ley Electoral de Canadá que establece un umbral de 50 candidatos como una violación de la Sección Tres de la Carta Canadiense de Derechos y Libertades .

La impugnación judicial se originó después de las elecciones federales generales de 1993, cuando el PCC no logró presentar al menos 50 candidatos. Según la entonces Ley de Elecciones de Canadá , que había sido enmendada justo antes de la votación de 1993 por el anterior gobierno conservador de Brian Mulroney , un partido federal registrado que no presentara al menos 50 candidatos en una elección general no sólo sería automáticamente dado de baja de su registro. pero también sería despojado de sus activos netos, que luego serían entregados al Gobierno de Canadá.

Miguel Figueroa , actuando en nombre de los miembros del Partido Comunista, cuestionó estas disposiciones de la ley, argumentando que la regla de los 50 candidatos, combinada con el aumento de los depósitos de los candidatos (que para los partidos más pequeños serían sólo parcialmente reembolsables) y la confiscación de los fondos del partido. en conjunto constituían una discriminación draconiana e injusta contra los partidos políticos más pequeños. En 1999, la jueza Anne Molloy del Tribunal Superior de Ontario (División General) anuló muchas de las disposiciones de la ley por considerarlas inconstitucionales, incluida la incautación de los activos del partido y la no devolución de los depósitos de los candidatos para aquellos que no pudieran reunir al menos el 15% de sus ingresos. el voto en una elección. El juez Molloy también anuló el requisito mínimo de 50 candidatos para que los partidos federales mantuvieran su registro.

El Fiscal General, en nombre del Gobierno de Canadá, no apeló las sentencias Molloy sobre la incautación de activos y la no devolución de los depósitos de los candidatos; Estas secciones de la Ley Electoral de Canadá fueron modificadas posteriormente por el Parlamento de Canadá.

Sin embargo, el fiscal general apeló la decisión de Molloy de anular la regla del umbral de 50 candidatos. Luego, el caso pasó al Tribunal de Apelaciones de Ontario. En 2001, el Tribunal de Apelaciones emitió una decisión dividida, sosteniendo que si bien en su opinión la regla de los 50 candidatos era constitucional en sí misma, era inconstitucional no proporcionar el identificador del partido en la boleta, ya que esto negaba a los electores información importante sobre los candidatos. al completar su boleta. El Tribunal ordenó al Parlamento que estableciera un umbral más bajo en tales casos. Tras este fallo, el Parlamento volvió a modificar la Ley para establecer un umbral de 12 candidatos para el identificador del partido, lo que significa que los partidos que presenten al menos 12 candidatos en una elección general tendrían el nombre del partido incluido en la boleta junto a los nombres de sus candidatos.

Figueroa, representado por Peter Rosenthal , intentó luego apelar esta sentencia ante la Corte Suprema de Canadá, argumentando que el fallo de la Corte de Apelaciones de Ontario tenía fallas en la interpretación de la Carta de Derechos y Libertades , y que la regla de los 50 candidatos no lo hacía en De hecho, constituyen una discriminación contra los partidos más pequeños según la Carta. La Corte Suprema de Canadá (SCC) admitió la apelación y el caso se presentó ante la SCC en 2002.

Opinión del tribunal

El juez Iacobucci , escribiendo en nombre de la mayoría, afirmó que la sección 3 protege no sólo el derecho al voto sino que también garantiza el derecho de todo ciudadano a participar en política. El derecho asegura que cada ciudadano pueda expresar una opinión sobre la formación de la política pública del país y las instituciones del país. Sin embargo, Iacobucci señaló que la sección 3 no protege la participación ilimitada. Más bien protege:

el derecho de cada ciudadano a desempeñar un papel significativo en el proceso; el mero hecho de que la legislación se aparte de la igualdad absoluta de los votantes o restrinja la capacidad de un ciudadano para participar en el proceso electoral es una base insuficiente para concluir que interfiere con el derecho de cada ciudadano a desempeñar un papel significativo en el proceso electoral. .

Para que se encuentre una violación debe haber una prohibición de participación "significativa".

Ver también

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