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Estatuto Fundamental para el Gobierno Secular de los Estados de la Iglesia

El Estatuto Fundamental para el Gobierno Secular de los Estados de la Iglesia fue la constitución de los Estados Pontificios concedida por el Papa Pío IX [1] como resultado de las revoluciones de 1848. [ cita requerida ] Fue publicado el 14 de marzo de 1848. [ 2 ]

El estatuto preveía dos cámaras legislativas. [2] La primera debía estar formada por miembros nominados de por vida por el Papa y la segunda, por cien diputados elegidos. [2] Las leyes adoptadas por estas dos cámaras debían pasar primero por el escrutinio del Colegio Cardenalicio , antes de ser sometidas al Papa para su aprobación o rechazo. [2] Los asuntos eclesiásticos, o eclesiástico-políticos, estaban exentos de la interferencia parlamentaria. [2] También se exigía al parlamento que se abstuviera de promulgar leyes que entraran en conflicto con la crítica de las relaciones diplomáticas y religiosas de la Santa Sede con potencias extranjeras. [2]

Véase también

Referencias

Notas al pie

  1. ^ Michaelides 2000, pág. xxxvi.
  2. ^ abcdef Mirbt 1911, pág. 688.

Bibliografía