El Estatuto de Distribución ( 22 y 23 Cha. 2. c. 10) fue una ley del Parlamento de Inglaterra en 1670. Se ocupa de la administración de herencias intestadas . Se hizo perpetuo por la Ley de Administración del Patrimonio Intestado de 1685 ( 1 Ja. 2. c. 17).
Toda la ley, en la medida en que se aplicaba a las muertes ocurridas después del inicio de la Ley de administración de sucesiones de 1925 (1 de enero de 1926), fue derogada por el artículo 56 y la Parte I del Anexo 2 de la Ley de administración de sucesiones de 1925.
Para la construcción de referencias a los Estatutos de Distribución, consulte la sección 50 de la Ley de Administración de Sucesiones de 1925 y la sección 19 de la Ley de Administración de Sucesiones (Irlanda del Norte) de 1955.