El Estatuto de Distribución ( 22 y 23 Cap. 2 . c. 10) fue una ley del Parlamento de Inglaterra de 1670. Trata sobre la administración de los patrimonios intestados . Se hizo perpetua mediante la Ley de Administración de los Patrimonios Intestados de 1685 ( 1 Ene. 2 . c. 17).
La Ley en su totalidad, en la medida en que se aplicaba a las muertes ocurridas después de la entrada en vigor de la Ley de Administración de Patrimonios de 1925 (1 de enero de 1926), fue derogada por la sección 56 y la Parte I del Anexo 2 de la Ley de Administración de Patrimonios de 1925.
Para la interpretación de referencias a los Estatutos de Distribución, véase la sección 50 de la Ley de Administración de Patrimonios de 1925 y la sección 19 de la Ley de Administración de Patrimonios (Irlanda del Norte) de 1955.