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Estados Unidos contra Alcoa

Estados Unidos contra Alcoa , 148 F.2d 416 (2d Cir. 1945), [1] es una decisión histórica sobre la ley antimonopolio de los Estados Unidos .juez Learned Hand se destaca por su análisis de la determinación del mercado relevante para el análisis de participación de mercado y, más importante aún, su análisis de las circunstancias bajo las cuales un monopolio es culpable de monopolización según la sección 2 de la Ley Sherman Antimonopolio .

Hechos

Durante la presidencia de Franklin D. Roosevelt , el Departamento de Justicia acusó a Alcoa de monopolización ilegal y exigió la disolución de la empresa. El juicio comenzó el 1 de junio de 1938. El juez de primera instancia desestimó el caso cuatro años después. El gobierno apeló. Dos años más tarde, en 1944, la Corte Suprema anunció que, debido a la descalificación de varios de sus jueces, no podía reunir quórum para escuchar el caso, y el Congreso aprobó una ley especial que permitía asignar el caso para su decisión final al tribunal de Hand. , [2] la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Estados Unidos . Al año siguiente, Learned Hand redactó el dictamen para el Segundo Circuito.

Alcoa argumentó que si de hecho se la consideraba un monopolio , adquirió esa posición honestamente, superando a otras empresas mediante mayores eficiencias. El Departamento de Justicia argumentó que, aparte de lo que caracterizó como intentos o intención de monopolizar, la mera posesión por parte de Alcoa del poder de controlar los precios y frenar la competencia era un monopolio ilegal per se según las secciones 1 y 2 de la Ley Sherman .

Juicio

El juez Learned Hand sostuvo que sólo podía considerar el porcentaje del mercado de "aluminio virgen" que correspondía a Alcoa. [1] Alcoa había argumentado que se encontraba en la situación de tener que competir con la chatarra. Aunque la chatarra fuera aluminio que Alcoa había fabricado en un primer momento, ya no controlaba su comercialización. Pero Hand definió estrictamente el mercado relevante de acuerdo con la teoría de la fiscalía. Mano aplicó una norma relativa a prácticas que son ilegales per se . No importaba cómo Alcoa se convirtió en un monopolio, ya que su delito era simplemente convertirse en uno. En palabras de Hand,

No era inevitable que siempre anticipara los aumentos de la demanda de lingotes y estuviera preparado para suministrarlos. Nada lo obligó a seguir duplicando y redoblando su capacidad antes de que otros entraran al campo. Insiste en que nunca excluyó a los competidores; pero no podemos pensar en una exclusión más efectiva que acoger progresivamente cada nueva oportunidad a medida que se abre y enfrentar a cada recién llegado con nueva capacidad ya integrada en una gran organización, con la ventaja de la experiencia, las conexiones comerciales y la élite del personal. [1]

Hand reconoció la posibilidad de que simplemente surgiera un monopolio, sin que nadie lo hubiera planeado. Si así fuera, entonces no habría ningún error, no habría responsabilidad y no habría necesidad de remediar el resultado. Pero ese reconocimiento generalmente se ha visto como vacío en el contexto del resto de la opinión, porque los rivales en un mercado rutinariamente planean superarse unos a otros, al menos aumentando la eficiencia y atrayendo más efectivamente a los clientes reales y potenciales. Si un competidor logra a través de tales planes alcanzar el 90% del mercado, esa planificación puede describirse, según el razonamiento de Hand, como una monopolización exitosa e ilegal del mercado.

Significado

Hand devolvió el asunto al tribunal de primera instancia para que determinara el recurso. [1] En 1947, Alcoa argumentó ante el tribunal que había dos nuevos participantes efectivos en el mercado del aluminio – Reynolds y Kaiser – como resultado de la desmovilización después de la guerra y la venta de plantas de defensa por parte del gobierno. En otras palabras, el problema se ha resuelto por sí solo y no será necesaria ninguna acción judicial. Sobre esta base, el juez del tribunal de distrito falló en contra de la desinversión en 1950, pero el tribunal mantuvo su jurisdicción sobre el caso durante cinco años, para poder vigilar por encima del hombro de Alcoa y garantizar que no se produjera una nueva monopolización.

Hasta 1950, Alcoa se ocupaba de su mercado interno, mientras que su filial canadiense Aluminium Company of Canada, Limited ( Alcan ) se ocupaba de los mercados internacionales. Alcoa, Reynolds y Kaiser pronto se unieron al creciente mercado Anaconda Aluminium Company, una filial del gigante de la industria del cobre . En 1958, Harvey Machine Tools Company inició la producción primaria de aluminio, lo que marcó el fin del monopolio de Alcoa sobre el proceso que la había llevado a dominar el mercado estadounidense.

El futuro presidente de la Reserva Federal, Alan Greenspan, criticó el caso Estados Unidos contra Alcoa cuando era joven en 1966, en un ensayo publicado en Capitalismo: el ideal desconocido . En él, sostiene que la ley antimonopolio sólo debería condenar los monopolios coercitivos :

ALCOA está siendo condenada por ser demasiado exitosa, demasiado eficiente y demasiado buena competidora. Cualquier daño que las leyes antimonopolio hayan podido causar a nuestra economía, cualesquiera que sean las distorsiones de la estructura del capital de la nación que hayan creado, son menos desastrosos que el hecho de que el propósito efectivo, la intención oculta y la práctica real de las leyes antimonopolio en Estados Unidos han conducido a la condena de los miembros productivos y eficientes de nuestra sociedad porque son productivos y eficientes. [3]

Ver también

Notas

  1. ^ abcd Estados Unidos contra Alcoa , 148 F.2d 416 (2d Cir. 1945).
  2. ^ Ley de 9 de junio de 1944, cap. 239, 58 Estat. 272; ver ahora 28 USC § 2109.
  3. ^ Antimonopolio por Alan Greenspan

enlaces externos