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Elecciones al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de 2004

Las elecciones de 2004 al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas se celebraron el 15 de octubre de 2004 en la Sede de las Naciones Unidas en la ciudad de Nueva York durante el 59º período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas . La Asamblea General eligió a cinco miembros no permanentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas por períodos de dos años que comenzarían el 1 de enero de 2005.

Los cinco países candidatos elegidos fueron Argentina , Dinamarca , Grecia , Japón y Tanzania .

Distribución geográfica

De conformidad con las reglas de la Asamblea General para la distribución geográfica de los miembros no permanentes del Consejo de Seguridad [1] y la práctica establecida, los miembros debían ser elegidos de la siguiente manera: uno de África, uno de Asia, uno de América Latina y el Caribe, y dos de Europa Occidental y otros Estados .

Candidatos

Antes de votar, el representante de Eritrea tomó la palabra para retirar formalmente la candidatura de su país. El país nunca ha sido elegido miembro del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas . Por consiguiente, si Eritrea se retira, todos los escaños disponibles se elegirán sin ninguna competencia seria. Por lo tanto, los cinco candidatos declarados obtuvieron fácilmente la mayoría necesaria de dos tercios en la Asamblea General.

Resultados

La votación se realizó mediante escrutinio secreto. Para cada grupo geográfico, cada Estado miembro podía votar por tantos candidatos como fueran a ser elegidos. En cada una de las tres elecciones hubo 189 escrutinios.

Grupo A — Estados de África y Asia (se elegirán dos)

Grupo B — Estados de América Latina y el Caribe (uno por elegir)

Grupo C — Estados de Europa occidental y otros (se elegirán dos)

Véase también

Enlaces externos

Referencias

  1. ^ Resolución 1991 de la 18.ª sesión de la Asamblea General de las Naciones Unidas . Cuestión de la representación equitativa en el Consejo de Seguridad y en el Consejo Económico y Social A/RES/1991(XVIII)