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Elecciones al Ayuntamiento de Madrid de 1979

Las elecciones al Ayuntamiento de Madrid de 1979 , también elecciones municipales de Madrid de 1979 , se celebraron el martes 3 de abril de 1979 para elegir al I Concejo Municipal del municipio de Madrid . Los 59 escaños del Ayuntamiento estaban sujetos a elección. La elección se celebró simultáneamente con las elecciones locales en toda España .

La Unión de Centro Democrático (UCD) surgió como el partido más votado, pero empatado con la segunda fuerza, el Partido Socialista Obrero Español (PSOE), con 25 escaños. Como ninguno de los dos tenía mayoría absoluta de escaños, correspondía a los 9 escaños del Partido Comunista de España (PCE) decidir qué partido gobernaría en Madrid.

Finalmente, un acuerdo entre el PSOE y el PCE dio como resultado el nombramiento de Enrique Tierno Galván como el primer alcalde de Madrid elegido democráticamente.

Sistema electoral

El Ayuntamiento de Madrid ( en español : Ayuntamiento de Madrid ) era el máximo órgano administrativo y de gobierno del municipio de Madrid , compuesto por el alcalde, el consejo de gobierno y el pleno electo. [1] [2] La votación para la asamblea local se realizó por sufragio universal , que comprendía a todos los nacionales mayores de 18 años, empadronados en el municipio de Madrid y en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.

Los concejales locales fueron elegidos mediante el método D'Hondt y una representación proporcional de lista cerrada , aplicándose en cada concejo local un umbral electoral del cinco por ciento de los votos válidos, que incluían votos en blanco. [1] [2] Los concejales fueron asignados a los concejos municipales con base en la siguiente escala:

El alcalde era elegido indirectamente por el pleno. Una cláusula legal requería que los candidatos a la alcaldía obtuvieran el voto de la mayoría absoluta de los concejales, o de lo contrario el candidato del partido más votado en la asamblea sería designado automáticamente para el cargo. En caso de empate, resultaría elegido el de mayor edad. [1]

La ley electoral permitía a los partidos y federaciones registrados en el Ministerio del Interior , coaliciones y agrupaciones de electores presentar listas de candidatos. Los partidos y federaciones que pretendían formar una coalición antes de las elecciones debían informar a la comisión electoral correspondiente dentro de los quince días siguientes a la convocatoria de las elecciones, mientras que las agrupaciones de electores debían obtener la firma de al menos una milésima parte del electorado en las circunscripciones para que buscaban ser elegidos (con un mínimo obligatorio de 500 firmas), impidiendo a los electores firmar por más de una lista de candidatos. [2]

Resultados

Referencias

  1. ^ abc Ley 39/1978, de 17 de julio, de elecciones locales (Ley 39) (en español). 17 de julio de 1978 . Consultado el 1 de julio de 2020 .
  2. ^ abc Real Decreto-ley 20/1977, de 18 de marzo, sobre Normas Electorales (Real Decreto-Ley 20) (en español). 18 de marzo de 1977 . Consultado el 1 de julio de 2020 .
  3. ^ "Consulta de Resultados Electorales. Municipal. Abril de 1979. Municipio de Madrid". Ministerio del Interior (en español) . Consultado el 12 de noviembre de 2017 .
  4. ^ "Elecciones Municipales en Madrid (1979 - 2015)". Historia Electoral.com (en español) . Consultado el 30 de septiembre de 2017 .