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Efecto incidental

El efecto incidental es un concepto del derecho de la Unión Europea que permite el uso del efecto indirecto de las directivas de la UE en acciones jurídicas privadas. Si bien no se puede demandar a un particular por no cumplir una directiva de la UE, el incumplimiento por parte del Estado puede ser un factor incidental en una demanda contra un particular, en la que no le impondrá obligaciones jurídicas. [1]

El concepto fue definido por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en el caso C-194/94 CIA Security International SA v. Signalson SA and Securitel Sprl . [2] CIA había intentado comercializar en Bélgica una alarma antirrobo que no era compatible con las especificaciones técnicas belgas. Sin embargo, el gobierno belga no había informado de estas especificaciones a la UE, como lo exigía una directiva de 1983. El tribunal dictaminó que esto constituía una degradación sustancial de la eficacia de la directiva, que tenía por objeto reducir las barreras al comercio, y que el incumplimiento de la directiva por parte del gobierno belga hacía que la ley belga fuera inaplicable a los particulares. [3]

Este concepto fue especialmente importante en el ámbito de los contratos . El Tribunal de Justicia declaró que un defecto sustancial de procedimiento en la aplicación de una directiva podía anular una ley nacional en el contexto de un contrato [4] y otorgó a los tribunales nacionales la facultad de interpretar esos problemas jurídicos basándose en su propio derecho contractual [5] .

Véase también

Referencias

  1. ^ Craig, De Burca, pág. 296
  2. ^ CIA Security International SA contra Signalson SA y Securitel Sprl [1996] ECR I-2201
  3. ^ Craig, De Burca, pág. 297
  4. ^ En el caso de Unilever Italia SpA contra Central Food SpA [2000] ECR I-7535
  5. ^ Sapod Audic contra Eco-Emballages SA [2002] Todos ER (D) 06 (junio)

Bibliografía