Área de Tarifa Nacional ( DTA ) o Zona de Tarifa Nacional (DTZ) significa un área dentro de la India que está fuera de las Zonas Económicas Especiales y EOU/EHTP/STP/BTP. [1]
Se espera que las unidades que operan bajo ciertos esquemas específicos, como EPZ /SEZ/EOU, realicen sus actividades dentro de una zona aduanera . Cualquier área que no esté bajo la jurisdicción de una zona aduanera se denomina Zona Arancelaria Nacional. [2]
Los suministros del DTA a una unidad o desarrollador de la ZEE sin pago del impuesto especial central se realizarán en la portada del ARE-1, [ aclaración necesaria ] como es el caso de las exportaciones normales fuera de la India , es decir, bajo una fianza o compromiso ejecutado por el proveedor del DTA con el funcionario del impuesto especial central jurisdiccional . [3]
El proveedor de DTA o la unidad/desarrollador en nombre de DTA debe presentar una factura de exportación al funcionario autorizado para su evaluación antes de la llegada de las mercancías. [4]
Si las mercancías llegan antes de que se presente la factura de exportación, se conservarán en un lugar destinado a tal fin y se liberarán sólo después de la evaluación de la factura de exportación.
Se debe enviar una copia del ARE-1 y la factura de exportación al funcionario de impuestos especiales central que tenga jurisdicción sobre el DTA dentro de los 45 días.
El desarrollador o la unidad pueden reclamar un reintegro o una libreta de derechos de importación si la factura de exportación se ha presentado bajo dicha garantía y si la unidad o el desarrollador no tienen intención de reclamarlo, se deberá entregar una exención de responsabilidad a tal efecto al proveedor del DTA para que reclame dichos beneficios, siempre que el proveedor del DTA pueda reclamar el plan de Libreta de derechos de importación (DEPB).
La unidad o promotor podrá adquirir bienes del DTA sin acogerse a exenciones, desgravaciones y concesiones sobre la base de factura o documento de transporte emitido por el proveedor .
Una unidad o desarrollador de ZEE también puede adquirir:
Los bienes declarados en una ZEE podrán ser utilizados por la Unidad o el Desarrollador únicamente para realizar las operaciones autorizadas.
Los bienes pueden utilizarse para fines distintos a las operaciones autorizadas o si la Unidad o el Desarrollador no contabiliza los bienes según lo dispuesto en estas reglas , se cobrarán derechos sobre dichos bienes como si estos hubieran sido despachados para el consumo interno .
Si la unidad no puede utilizar los bienes importados o adquiridos del Área Arancelaria Nacional, puede exportar los bienes o venderlos a otra Unidad o a una Unidad de Industrialización Orientada a la Exportación o Unidad de Parque de Tecnología Electrónica o Unidad de Parque de Tecnología de Software o Unidad de Parque de Biotecnología , sin pago de derechos, o disponer de los mismos en el Área Arancelaria Nacional mediante el pago de los derechos aplicables sobre la base de una licencia de importación presentada por el comprador del Área Arancelaria Nacional.
Todos los documentos para la aceptación de mercancías dentro y fuera de una ZEE deben presentarse ante el Funcionario Autorizado de Aduanas.
Una Unidad puede vender bienes y servicios, incluidos rechazos, desechos , chatarra, restos o diamantes rotos o subproductos que surjan durante el proceso de fabricación o en relación con él, en el Área Arancelaria Nacional, mediante el pago de derechos de Aduana o Impuestos Especiales , según sea el caso.
Una Unidad SEZ en nombre de un comprador del Área Arancelaria Nacional deberá presentar una Declaración de Entrada para consumo interno que proporcione una descripción completa de los bienes y/o servicios, junto con una factura y una lista de embalaje ante los Funcionarios Autorizados.
Una Unidad puede retirar bienes de capital al Área Arancelaria Nacional después de su uso en una ZEE mediante el pago de derechos.
Las mercancías suministradas por una Unidad a un Área Arancelaria Nacional mediante el pago de derechos podrán ser devueltas a la Unidad para fines de reparación dentro de un período de seis meses a partir de la fecha de despacho .
La Unidad podrá retirar temporalmente las siguientes mercancías a una Zona Arancelaria Nacional sin pago de derechos :