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Doctrina del propósito familiar

La doctrina del propósito familiar es "una ficción legal creada por la corte que emplea principios de agencia para imponer responsabilidad indirecta al jefe de familia por la operación negligente de un vehículo de motor por un miembro de la familia". [1] [2] [3] En un caso típico que involucra la doctrina, el llamado "jefe de familia" ha dado permiso a los miembros de su familia para conducir su automóvil "para su uso general, placer y conveniencia", es decir, un "propósito familiar". [4] Además, los demandantes en la mayoría de los tribunales estadounidenses que siguen la doctrina pueden probar que el automóvil estaba siendo utilizado para un propósito familiar "simplemente mostrando que estaba siendo utilizado por un miembro de la familia con el consentimiento del demandado". [4] [5] La teoría subyacente de la doctrina es que "el conductor de un automóvil familiar, en busca de recreación o placer, se dedica al negocio del propietario y es visto como el agente o sirviente del propietario". [1] [2] [6] [7] En algunos casos, la doctrina puede aplicarse a más que solo los automóviles tradicionales, como motocicletas, camiones y embarcaciones a motor. [4] Además, la demanda de la doctrina de propósito familiar de un demandante no necesariamente fracasa si "el demandado ha proporcionado un vehículo separado para cada conductor con licencia en la familia, de modo que cada miembro de la familia normalmente maneja su propio vehículo". [4] [8]

Descripción general

En los Estados Unidos, esta es una regla principalmente a nivel estatal con una variación considerable en su aplicación. [9] Por ejemplo, en Arizona, la doctrina del propósito familiar se aplica de manera muy amplia y considera a los padres responsables incluso por la negligencia de un niño que conduce un vehículo de motor desafiando las restricciones de conducción que se le imponen. [10] En Georgia, la responsabilidad por "propósito familiar" se extiende a terceros a quienes el conductor adolescente permite operar el automóvil. Georgia también extiende la regla a los hijos adultos en algunos casos y explícitamente la extiende a los barcos familiares. [11]

En Colorado, por otro lado, se utiliza el mismo término para describir la responsabilidad solidaria por las facturas del hogar. [12]

Historia

Alrededor de la década de 1910, cuando los automóviles se volvieron asequibles para la mayoría de los estadounidenses, se produjeron importantes cambios sociales y económicos. [13] En concreto, los tribunales de todo Estados Unidos se enfrentaron a nuevos problemas legales relacionados con los accidentes automovilísticos. [ 13] En particular, las cuestiones de política derivadas del "desfile de litigantes que buscaban recuperar los daños derivados de dichos accidentes provocaron algunas modificaciones de las teorías estándar de responsabilidad para que encajaran con las exigencias de la revolución automotriz". [13] Una de las "modificaciones" incluía la doctrina del propósito familiar . [13]

Quién puede demandar y quién puede ser demandado según la doctrina del propósito familiar

Para los demandantes, los estados que reconocen la doctrina del propósito familiar permiten a "cualquier persona que sufra lesiones o pérdidas como consecuencia de la operación negligente de un vehículo motorizado utilizado por un miembro de la familia..." demandar al "miembro de la familia que proporcionó el vehículo". [4]

Las categorías de posibles demandados en virtud de la doctrina del propósito familiar incluyen "el jefe de familia, el propietario de un vehículo, el miembro de una familia que proporcionó un vehículo a otro miembro de la familia o el miembro de una familia que controló el uso de un vehículo por parte de otros miembros de la familia". [4] En la mayoría de los casos, "la responsabilidad se basará en la propiedad real de un vehículo de motor, ya que, en la mayoría de los casos, es el propietario quien pone el vehículo a disposición de otros miembros de la familia para su uso". [4] Sin embargo, el demandante no necesariamente tiene que demostrar la propiedad exclusiva. [14] "Por ejemplo, aunque un esposo y una esposa compren un vehículo utilizando fondos conjuntos y registren el vehículo a nombre de ambos como copropietarios, se puede considerar que uno de los cónyuges ha "proporcionado" el vehículo al otro cónyuge". [4] Además, en el caso de alguien que transfirió el título de un automóvil a un miembro diferente de la familia, este último podría ser considerado responsable en virtud de la doctrina del propósito familiar "si la transferencia es algo menos que una venta por una contraprestación completa y justa". [15] Los demandados que utilicen un vehículo cuyo título pertenece a una corporación (en lugar de a un individuo) para un propósito familiar también pueden ser considerados responsables. [16] En tal caso, si bien un demandado, como propietario original del automóvil, podría posiblemente "evitar la responsabilidad al transferir todos los incidentes de propiedad de un vehículo a una empresa familiar, el demandado seguirá siendo responsable en virtud de la doctrina del propósito familiar donde, en el momento del accidente en el que el demandante resulta herido, el demandado conserva cierto grado de control personal sobre el uso del vehículo". [16]

En algunos estados, la ley estatutaria determina a qué personas se aplica la doctrina del propósito familiar. [4] [17] Estos estados tienen una ley similar a la de Nevada, que establece que el propietario del vehículo es responsable de la conducción negligente "por parte de la esposa, el esposo, el hijo, la hija, el padre, la madre, el hermano, la hermana u otro miembro inmediato de la familia del propietario si la operación se realiza con el permiso expreso o implícito del propietario". [4] [17]

¿Qué tribunales tienen competencia para tratar casos de doctrina de propósito familiar?

Cuando alguien demanda a otra persona en virtud de la doctrina de propósito familiar, el tribunal estatal respectivo normalmente tiene el poder de supervisar el caso. [4] Sin embargo, los tribunales federales de distrito pueden manejar casos de doctrina de propósito familiar "si se cumplen los requisitos para la jurisdicción de diversidad ". [4]

Tribunales estatales que rechazan expresamente la doctrina frente a la ley estatutaria

Los tribunales de Alabama, Arkansas, Delaware, Idaho, Illinois, Indiana, Iowa, Kansas, Luisiana, Maine, Maryland, Massachusetts, Montana, New Hampshire, Nueva York, Ohio, Pensilvania, Texas y Utah han "rechazado expresamente" la doctrina del propósito familiar. [1] A pesar de ello, muchos de estos estados promulgaron leyes "que, en efecto, responsabilizan al propietario de todas las lesiones infligidas por negligencia mientras su vehículo de motor está siendo utilizado por otra persona con el consentimiento expreso o implícito del propietario, incluidos los miembros de la familia del propietario". [1]

Elementos y estándar de prueba

En general, para demandar con éxito a alguien bajo la doctrina del propósito familiar, el demandante tiene que probar que sucedieron cuatro cosas: "

  1. el vehículo cuya operación negligente resultó en lesiones al demandante era propiedad del demandado, estaba provisto o controlado por él;
  2. el vehículo fue puesto a disposición de la familia del acusado para uso general por parte de los miembros de la familia;
  3. el vehículo estaba siendo utilizado por un miembro de la familia en el momento de la lesión del demandante;
  4. “El uso del vehículo se realizó con el permiso o consentimiento del acusado”. [4]

La doctrina exige que el demandante pruebe "tanto la negligencia del conductor del vehículo como los elementos que respaldan la aplicación de la doctrina del propósito familiar". [4] En una situación en la que un no miembro de la familia es el conductor negligente del vehículo "proporcionado" para un propósito familiar, el demandante tiene que probar que "un miembro de la familia tenía control constructivo sobre el uso o el funcionamiento del vehículo". [4] El demandante también puede tener que "establecer que el demandado es el jefe de familia". [4] Finalmente, un automóvil para "uso comercial" en lugar de un propósito familiar no se aplicará a las reclamaciones de la doctrina del propósito familiar. [4] [18]

Equipamiento de un vehículo de motor

Los siguientes factores se aplican con frecuencia para determinar el miembro de la familia que tiene la propiedad de un vehículo: (1) la identidad de la persona que pagó por el vehículo, (2) la identidad de la persona que tenía el derecho de controlar el uso del vehículo, (3) la intención de las partes que compraron y vendieron el vehículo, (4) la intención de los miembros de la familia en cuanto a quién, entre ellos, es el propietario del vehículo, (5) la identidad de la persona a quien el vendedor hizo la entrega del vehículo, (6) la identidad de la persona que ejerció derechos de propiedad en el vehículo desde la fecha de su compra hasta la fecha del accidente, y (7) cualquier otra evidencia que tenga relación con la cuestión de quién es el propietario de hecho. [4] [19]

Cuando alguien “compra”, “posee”, “conserva”, “mantiene” o “proporciona” un automóvil para que lo utilicen los miembros de su familia, la mayoría de los tribunales consideran que esto equivale a “proporcionar” ese automóvil. [20] Sin embargo, “una persona debe tener la intención de proporcionar el vehículo a otra persona, debe tomar medidas para hacerlo y debe contribuir sustancialmente a ese fin sin esperar reembolso o compensación” para ser un “proveedor”. [21]

Algunos casos de doctrina de propósito familiar, como Brown v. Stogsdill , han involucrado automóviles con títulos transferidos como automóviles proporcionados. [15] El tribunal en Brown v. Stogsdill concluyó que "aunque el hijo tenía el título del automóvil, se podría decir que el demandado había 'proporcionado' el automóvil si el demandado, a través de un obsequio sustancial o un préstamo, hubiera hecho posible que el hijo comprara el vehículo, lo que de otra manera no habría podido hacer". [15]

Permiso o aquiescencia

La mayoría de los tribunales estadounidenses que aceptan la doctrina del propósito familiar definen de manera liberal lo que se considera "permiso". [4] El demandante no tiene que probar que el conductor que causó sus lesiones "tenía permiso para usar el vehículo en el momento y lugar exactos del accidente, ya que será suficiente que la persona tuviera permiso permanente para usar el vehículo". [4] [22] Por el contrario, una vez que el miembro de la familia que controla el automóvil le da permiso al conductor para usarlo para un propósito familiar, ese permiso puede durar incluso si "el miembro de la familia estaba usando el vehículo en un momento o lugar contrario a las instrucciones del propietario". [4] [22]

El demandante puede tener que demostrar que el miembro de la familia que estaba utilizando el vehículo recibió permiso expreso para hacerlo si el propietario puso el vehículo a disposición de los miembros de la familia solo con permiso expreso. Sin embargo, el hecho de que el propietario exigiera a los miembros de la familia que tuvieran un permiso especial o expreso para utilizar el vehículo no hace, en sí mismo, que la doctrina del propósito familiar sea inaplicable, ya que generalmente se considera que la doctrina se aplica en tales circunstancias, así como cuando el propietario proporcionó un vehículo para que los miembros de la familia lo utilizaran a voluntad. [4] [23] La cuestión de si se ha dado el consentimiento implícito, como se requiere para la aplicación de la doctrina del propósito familiar, generalmente se determina por la decisión inicial de los padres de proporcionar un vehículo que se utilizará para el placer y la conveniencia de los miembros de la familia, en contraposición a si el conductor estaba actuando en el curso y el alcance de un "negocio familiar", como sería el caso en una verdadera relación de agencia, y por lo tanto, si el vehículo se está utilizando para el beneficio directo de un solo miembro de la familia o si se imponen limitaciones específicas al uso del vehículo por parte del conductor es en gran medida irrelevante. [4] [24]

Defensas

Una persona que enfrenta una demanda basada en la doctrina del propósito familiar puede protegerse en el tribunal con varias defensas diferentes. [4] En general, "no habrá responsabilidad bajo la doctrina del propósito familiar si:

  1. El acusado no poseía, proporcionaba ni controlaba el uso del vehículo.
  2. El acusado era propietario del vehículo para fines comerciales u otros fines no familiares.
  3. El operador del vehículo no era miembro de la familia inmediata ni del hogar del acusado.
  4. el operador del vehículo lo utilizó sin el consentimiento del acusado o de una manera totalmente diferente a la forma para la cual se dio el consentimiento.
  5. “el operador del vehículo no fue negligente o de otra manera no fue responsable ante el demandante por alguna razón que no sea una defensa personal del operador”. [4]

Además, una excepción clave a la doctrina es que "el título del vehículo o una póliza de seguro que cubra el vehículo, puede no ser una base suficiente para invocar la doctrina del propósito familiar cuando la realidad es que el demandado es simplemente el propietario nominal, o propietario por conveniencia, y el propietario y usuario real del vehículo es algún otro miembro de la familia". [4] [16] [25] Los demandados tanto en Calhoun v. Eaves como en Dupree v. Batts eludieron la responsabilidad al demostrar que "aunque eran los propietarios nominales, los vehículos eran de hecho propiedad y operados únicamente por un hijo emancipado o adulto que vivía fuera del hogar". [4]

Daños y perjuicios disponibles para los demandantes exitosos

En lo que respecta a la recuperación, un demandante que logra una demanda exitosa contra un demandado bajo la doctrina del propósito familiar "tiene derecho a recuperar daños compensatorios". [4] Además, nunca se conceden daños punitivos por este tipo de demandas. [4]

Referencias

  1. ^ abcd Van Arsdale, Barbara J.; Braswell, Keith A.; Blum, George; Bourdeau, John; Coltoff, Paul M.; Gebauer, John A.; Gordon, Noah J.; Babb Morris, Mary; Oakes, Karl; Surette, Eric (febrero de 2023). "§ 632. La doctrina del "propósito familiar" que afecta la responsabilidad del propietario por la operación negligente del vehículo, en general". Jurisprudencia estadounidense, segunda edición . 8 (Am. Jur. 2d).
  2. ^ ab Gummo v. Ward , 57 F. Supp. 3d 871 (MD Tenn. 2014).
  3. ^ Jackson contra Carland , 192 NC App. 432, 665 SE2d 553 (2008).
  4. ^ abcdefghijklmnopqrstu vwxyz aa ab ac Lockhart, JD, James (febrero de 2023) [1986]. "Causa de acción en virtud de la doctrina de propósito familiar por negligencia en el uso de un vehículo de motor por parte de un miembro de la familia". Causas de acción . Primera serie. 9 (645) – vía Westlaw.
  5. ^ Clayton contra Long , 147 Ga. App. 645, 249 SE2d 622 (1978).
  6. ^ Nelson contra Johnson , 1999 ND 171, 599 NW2d 246 (ND 1999).
  7. ^ Evans v. Stewart , 370 SC 522, 636 SE2d 632 (Ct. App. 2006).
  8. ^ Lucht contra Youngblood , 266 SC 127, 221 SE2d 854 (1976).
  9. ^ "Responsabilidad del propietario en virtud de la doctrina de propósito familiar por lesiones causadas por un automóvil mientras lo utiliza un miembro de su familia" . American Law Reports . 132 (981). 1941.
  10. ^ Young contra Beck, caso n.º 1 CA-CV 09-0188
  11. ^ Stuart contra Stephens, 225 Ga. 185, 166 SE 2d 890 (1969)
  12. ^ "Douglas A. Turner, PC » Planificación patrimonial y sucesiones en Colorado » La doctrina del propósito familiar". www.douglasturner.com . Archivado desde el original el 10 de diciembre de 2007.
  13. ^ abcd Barber, RE (1966). "Nota de comentario. Estado actual de la doctrina del propósito familiar con respecto a los vehículos de motor". American Law Reports . 8 (ALR3d 1191) – vía Westlaw.
  14. ^ Mortensen contra Knight , 81 Ariz. 325, 305 P.2d 463 (1956); Buice contra White , 172 Ga. App. 634, 324 SE2d 203 (1984); Marcus contra Everett , 195 Neb. 518, 239 NW2d 487 (1976); Sheppard contra Weekly , 72 Or. App. 86, 695 P.2d 53 (1985).
  15. ^ abc Brown v. Stogsdill , 140 Ariz. 485, 682 P.2d 1152 (Ariz. App. 1984).
  16. ^ abc Calhoun contra Eaves , 114 Ga. App. 756, 152 SE2d 805 (1966).
  17. ^ ab Estatutos Revisados ​​de Nevada § 41.440.
  18. ^ Finnocchio contra Lunsford , 129 Ga. App. 694, 201 SE2d 1 (1973).
  19. ^ Herman contra Magnuson , 277 NW2d 445 (ND 1979); Coffman contra McFadden , 68 Wash.2d 954, 416 P.2d 99 (1966).
  20. ^ McBroom contra Wolsleger , 180 Neb. 622, 144 NW2d 199 (1966).
  21. ^ Buice contra White , 172 Ga. App. 634, 324 SE2d 203 (1984).
  22. ^ ab Heenan contra Perkins , 278 Or. 583, 564 P.2d 1354 (1977).
  23. ^ Lauritsen contra Lammers , 161 NW2d 804 (ND 1968).
  24. ^ Young v. Beck , 224 Ariz. 408, 231 P.3d 940 (Ct. App. Div. 1 2010).
  25. ^ Dupree contra Batts , 276 NC 68, 170 SE2d 918 (1969).