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Directiva de máquinas

La Directiva de máquinas , Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de mayo de 2006, es una directiva de la Unión Europea relativa a las máquinas y determinadas partes de máquinas. [1] Su principal objetivo es garantizar un nivel de seguridad común en las máquinas comercializadas o puestas en servicio en todos los Estados miembros y garantizar la libertad de movimiento dentro de la Unión Europea al establecer que "los Estados miembros no prohibirán, restringirán ni impedirán la comercialización y/o la puesta en servicio en su territorio de máquinas que cumplan con [la] Directiva".

Directivas económicas europeas

Las directivas económicas se aplican a los productos. Se adoptaron en el marco del nuevo enfoque con el fin de facilitar la libre circulación de bienes y productos en la Unión Europea eliminando las barreras al comercio en el mercado europeo . La particularidad de estas directrices es que establecen los requisitos básicos o Requisitos Esenciales de Salud y Seguridad (EHSR) que se aplican a todos los fabricantes que deseen introducir sus productos en el mercado europeo. Si un producto cumple los requisitos esenciales de salud y seguridad, entonces el producto puede introducirse en el mercado.

Una forma de demostrar el cumplimiento del ESHR puede realizarse a través del cumplimiento de normas europeas armonizadas o cualquier otra solución que permita demostrar un nivel de seguridad similar.

Por tanto, la Directiva de máquinas pertenece al ámbito de la legislación económica. Se aplica a los productos diseñados para ser vendidos (o habilitados) en la Unión Europea por primera vez. Se dirige a los fabricantes, importadores y distribuidores de máquinas y componentes de seguridad y se aplica a los equipos nuevos. Esta directiva armoniza el nivel de seguridad de los productos diseñados y fabricados por diferentes fabricantes. Las máquinas ya instaladas quedan fuera del ámbito de aplicación de esta Directiva, porque ya están en el mercado. La reventa de máquinas usadas se rige por las leyes nacionales.

Alcance

La Directiva se aplica a las máquinas, así como a los equipos intercambiables, componentes de seguridad, accesorios de elevación, cadenas/cuerdas/cintas, dispositivos de transmisión mecánica amovibles y cuasi máquinas.

Quedan excluidas del ámbito de aplicación de la presente Directiva las máquinas que estén contempladas en directivas más específicas. Entre las máquinas excluidas del ámbito de aplicación se encuentran:

Primera publicación

La primera publicación de la Directiva sobre máquinas se produjo en 1989, mediante la Directiva 89/392/CEE del 14 de junio de 1989, publicada en el DO L 183 del 29 de junio de 1989, de conformidad con el artículo 100a del Tratado de Roma. La fecha de entrada en vigor de esta Directiva fue el 1 de enero de 1993, siendo obligatoria la fecha de entrada en vigor el 1 de enero de 1995.

Posteriormente se introdujeron las siguientes directivas que modificaron la Directiva 89/392/CEE.

Segunda publicación

En 1998 se publicó por segunda vez la Directiva sobre máquinas : la Directiva 98/37/CE, de 22 de junio de 1998, relativa a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas. Esta Directiva es la versión codificada de la Directiva 89/392/CEE, modificada por las directivas mencionadas anteriormente.

Directiva de máquinas 1998/37/CE Esta directiva fue modificada por la siguiente:

La Directiva de máquinas 98/37/CE permaneció en vigor hasta el 29 de diciembre de 2009.

Tercera publicación

La tercera publicación de la Directiva de Máquinas tuvo lugar en 2006 , denominada nueva Directiva 2006/42/CE, y fue adoptada en abril y el 9 de junio de 2006, publicándose en el Diario Oficial de la UE .

El primer considerando de la Directiva 2006/42/CE señala que esta «nueva Directiva de máquinas» no es enteramente nueva, sino que se basa en la Directiva 98/37/CE, que a su vez ha codificado la Directiva «Máquinas» 89/392/CEE modificada por las Directivas 91/368/CEE, 93/44/CEE, 93/68/CEE y 98/79/CE.

Los requisitos de la nueva Directiva de Máquinas fueron transcritos a la legislación nacional de cada país de la Unión Europea (la transcripción debía realizarse antes del 29 de junio de 2008) de modo que esta nueva Directiva de Máquinas se aplicará a partir del 29 de diciembre de 2009 y sustituirá a la Directiva de Máquinas 98/37/CE.

Los requisitos de esta directiva de máquinas y de los reglamentos europeos asociados afectan tanto a los fabricantes de máquinas y componentes de seguridad como a los distribuidores y usuarios de máquinas. La Directiva 2006/42/CE establece las bases y la normativa para la armonización de los requisitos esenciales de seguridad y salud (ESRS) en el ámbito de las máquinas a nivel comunitario.

En 2009 no hubo ningún período de transición porque los fabricantes tuvieron más de tres años para anticipar estos cambios y ser conscientes de los nuevos requisitos.

Los cambios en relación con los Requisitos Esenciales de Salud y Seguridad (EHSR) de la directiva anterior no cambian profundamente los Requisitos Esenciales de Salud y Seguridad (EHSR).

Retiro y reemplazo

El nuevo Reglamento (UE) 2023/1230 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2023, relativo a las máquinas, sustituye a la Directiva 2006/42/CE relativa a las máquinas. [2] El Reglamento se aplica desde el 20 de enero de 2027. Sin embargo, algunas normas se aplican antes, como los requisitos para los organismos notificados a partir del 20 de enero de 2024. [3]

Referencias

  1. ^ "Directiva 2006/42/CE" . Consultado el 22 de mayo de 2015 .
  2. ^ «Reglamento (UE) 2023/1230 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2023, relativo a las máquinas y por el que se deroga la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 73/361/CEE del Consejo» . Consultado el 18 de diciembre de 2023 .
  3. ^ «Reglamento 2023/1230/UE - Máquinas 2006/42/CE» . Consultado el 18 de diciembre de 2023 .