El Departamento de Salud de Puerto Rico ( DSP ) es una de las agencias de nivel de Gabinete creadas directamente por el Artículo 4, Sección 6 de la Constitución de Puerto Rico . Está dirigido por un Secretario de Salud , nombrado por el Gobernador de Puerto Rico y que requiere el consejo y consentimiento del Senado de Puerto Rico . El Secretario de Salud es el octavo en la línea de sucesión de la gobernación. [1]
Hay siete regiones de Puerto Rico según lo define el Departamento de Salud: Arecibo, Bayamón, Caguas, Fajardo, Mayagüez, Metro y Ponce. [2]