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Tarifa de costo más incentivo

Un contrato de tarifa de costo más incentivo ( CPIF ) es un contrato de reembolso de costos que establece que una tarifa negociada inicialmente se ajustará posteriormente mediante una fórmula basada en la relación entre los costos totales permitidos y los costos totales objetivo. [1]

Al igual que en un contrato de costo más margen , el precio que paga el comprador al vendedor cambia en relación con los costos, con el fin de reducir los riesgos asumidos por el contratista (vendedor). A diferencia de un contrato de costo más margen, el costo que excede el costo objetivo solo se paga parcialmente según una relación comprador/vendedor, por lo que la ganancia del vendedor disminuye cuando se excede el costo objetivo. De manera similar, la ganancia del vendedor aumenta cuando los costos reales son inferiores al costo objetivo definido en el contrato.

Según el PMBOK (7ª edición) del Project Management Institute (PMI), el CPIF es un "tipo de contrato reembolsable en cuanto a costos en el que el comprador reembolsa al vendedor el costo permitido por el vendedor (los costos permitidos están definidos en el contrato), y el vendedor obtiene su ganancia si cumple con los criterios de desempeño definidos". [2]

Fórmula y ejemplos

Los contratos de incentivos permiten compartir los riesgos entre el contratista y el cliente. El contratista recibe el reembolso de todos sus costes justificables además de una tarifa calculada. Los elementos básicos de un contrato de incentivos son:

  • Costo objetivo : los costos totales estimados del contrato.
  • Costo real : constituye los costos razonables que el contratista puede demostrar que se han incurrido.
  • Tarifa objetivo : la tarifa básica que se debe pagar si el costo objetivo coincide con el costo real (ganancia objetivo). La tarifa objetivo varía entre la tarifa mínima y la tarifa máxima según una fórmula vinculada al costo real (por ejemplo, la tarifa objetivo podría ser el 10 % del costo real).
  • Relación de reparto de costes : proporción acordada de reparto de costes, normalmente expresada en porcentaje (p. ej., 85 % para el cliente/15 % para el contratista). Suele ser diferente para los sobrecostes y los subcostes.

Otros componentes de la contratación de tarifas de incentivo incluyen:

  • Tarifa máxima : la tarifa más alta que se puede ganar, generalmente expresada como un porcentaje.
  • Tarifa mínima : la tarifa más baja que se puede ganar, generalmente expresada como un porcentaje.

La tarifa final (ganancia del contratista) se expresa de la siguiente manera: Tarifa final = Tarifa objetivo + (Costo objetivo - Costo real) * Participación del contratista. [a] [3]

El Precio Final del contrato se expresa de la siguiente manera: Precio Final = Coste Real + Honorarios Finales.

Tenga en cuenta que si la participación del contratista = 1, el contrato es un contrato de precio fijo; si la participación del contratista = 0, el contrato es un contrato de costo más tarifa fija (CPFF). [4]

Por ejemplo, supongamos un CPIF con:

  • Costo objetivo = 1000
  • Tarifa objetivo = 100
  • Relación beneficio/costo compartido por sobrecostos = 80% Cliente / 20% Contratista
  • Relación beneficio/costo compartido para costos inferiores a los previstos = 60 % Cliente / 40 % Contratista

Si el costo real es mayor que el costo objetivo, digamos 1100, el cliente pagará: 1100 + 100 + (1000 - 1100) * 0,2 = 1180 (el contratista gana 80).

Si el costo real es menor que el costo objetivo, digamos 900, el cliente pagará: 900 + 100 + (1000 - 900) * 0,4 = 1040 (el contratista gana 140).

Notas

  1. ^ En la fórmula, se utiliza un asterisco ("*") para la multiplicación.

Referencias

  1. ^ Reglamento Federal de Adquisiciones , 16.3—Contratos de reembolso de costos Archivado el 15 de septiembre de 2009 en Wayback Machine
  2. ^ Project Management Institute 2021, Glosario §3 Definiciones.
  3. ^ Badenfelt, Ulrika. "La selección de ratios de reparto en contratos de costes objetivo". Gestión de ingeniería, construcción y arquitectura 15.1 (2008): 54-65
  4. ^ Stephen Ward, Chris Chapman, Elección de las condiciones de pago del contratista, International Journal of Project Management , Volumen 12, Número 4, noviembre de 1994, páginas 216-221, ISSN  0263-7863, doi :10.1016/0263-7863(94)90045-0

Fuentes