El Corregedor ( Inspector General o Magistrado ) fue un cargo establecido por la corona portuguesa en el siglo XIV-XV, con autoridad para "corregir" actos de carácter local, administrativo o judicial dentro del reino. Aunque era común en todo el reino, el papel era más común e importante en la administración de las Azores .
El Rey de Portugal tenía por ordenación, en todo el reino , el derecho de enviar autoridades importantes, en su nombre, para corregir los actos en todos los niveles de la administración local y del poder judicial. [1] Para ello, al no poder participar directamente, estableció el cargo de Corregedor . [1]
El primer Corregidor con jurisdicción sobre las Azores, el Dr. Afonso de Matos, fue nombrado por el rey Manuel I de Portugal en 1503. [1] Parte de su obligación era que debía visitar las Azores una vez al año, a expensas de las autoridades locales. [1] [2]
Después de 1535, el rey D. João estableció un plazo para que se hicieran correcciones en cada isla de las Azores y por cada Capitanía . [1] En esa declaración, se estableció un plan de cuatro meses específicamente para las islas de San Jorge, [3] Graciosa, Faial, Pico y Flores, las islas de Santa María y San Miguel establecieron una división de trabajo específica y, solo la isla de Terceira. En circunstancias especiales, el Corregidor podría visitar cada isla para estancias más prolongadas. [1]
El Corregedor en las Azores era el magistrado judicial más importante, juzgando en segundo grado, proporcionando apelaciones y conflictos entre los jueces presidentes y los ouvidores (los consejos, de los Capitanes Generales). [1] El edicto real de 1767 estableció el predominio del Corregedor, reconociendo su poder para juzgar apelaciones, algo que los Corregedores en el continente no estaban autorizados a hacer. [1] En este papel, el Corregedor podía suspender la jurisdicción o sus poderes para juzgar, durante su visita. [1] Del mismo modo, el Corregedor era responsable de inspeccionar el funcionamiento de las autoridades municipales ( en portugués : Câmaras Municipais ) y auditar los libros de las finanzas públicas. [1]