El Convenio sobre las vacaciones pagadas (revisado), 1970 es un Convenio de la Organización Internacional del Trabajo .
Fue fundada en 1970:
Después de haber decidido adoptar determinadas propuestas relativas a las vacaciones pagadas,...
La disposición central de la Convención se encuentra en el Artículo 3, que establece que las personas a las que se aplica la Convención tendrán derecho a unas vacaciones anuales pagadas de una duración mínima determinada, y que si bien el Estado ratificante puede elegir la duración de las vacaciones mínimas, éstas "en ningún caso serán inferiores a tres semanas laborales por un año de servicio".
Este Convenio revisó el Convenio C52 – Convenio sobre las vacaciones pagadas, 1936 .
Hasta 2020, la convención ha sido ratificada por 38 estados.