La Convención de Viena sobre Relaciones Consulares es un tratado internacional que define un marco para las relaciones consulares entre estados soberanos . Codifica muchas prácticas consulares que se originaron a partir de costumbres estatales y varios acuerdos bilaterales entre estados. [3]
Tradicionalmente, los cónsules han sido empleados para representar los intereses de los estados o de sus nacionales en una embajada o consulado en otro país. La Convención define y articula las funciones, derechos e inmunidades otorgados a los funcionarios consulares y sus oficinas, así como los derechos y deberes de los "Estados de recepción" (donde tiene su sede el cónsul) y los "Estados de envío" (el Estado que representa el cónsul). ).
Adoptado en 1963 y en vigor desde 1967, el tratado ha sido ratificado por 182 estados. [1]
Historia
La Convención fue adoptada el 24 de abril de 1963 tras la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Relaciones Consulares celebrada en Viena , Austria, del 4 de marzo al 22 de abril de 1963. Sus textos oficiales están en inglés , francés , chino , ruso y español ; el Convenio establece que las cinco versiones son igualmente auténticas . [2]
Disposiciones clave
El tratado contiene 79 artículos. [2] El preámbulo de la Convención establece que el derecho internacional consuetudinario continúa aplicándose a cuestiones no abordadas en la Convención. [2] [4] Algunas disposiciones importantes incluyen. [2]
El artículo 5 enumera trece funciones del cónsul, entre ellas "proteger en el Estado receptor los intereses del Estado que envía y de sus nacionales... dentro de los límites permitidos por el derecho internacional", "ayudar y asistir a los nacionales... del Estado que envía" y " promover el desarrollo de las relaciones comerciales, económicas, culturales y científicas entre el Estado que envía y el Estado receptor." [2]
El artículo 23 establece que la nación anfitriona puede en cualquier momento y por cualquier motivo declarar a un determinado miembro del personal consular como persona non grata , y que el Estado que envía debe retirar a esta persona dentro de un período de tiempo razonable, o la persona puede perder. su inmunidad consular. [2]
El artículo 31 establece que los locales consulares son inviolables (es decir, la nación anfitriona no puede entrar en los locales consulares y debe protegerlos contra intrusiones o daños). [2]
El artículo 35 establece que debe preservarse la libertad de comunicación entre el cónsul y su país de origen, que las valijas consulares "no serán abiertas ni retenidas"; y que nunca se debe detener a un correo consular. [2]
El artículo 36 aborda las comunicaciones entre funcionarios consulares y nacionales del Estado que envía. El Convenio establece que "los funcionarios consulares tendrán libertad para comunicarse con los nacionales del Estado que envía y tener acceso a ellos". Los ciudadanos extranjeros arrestados o detenidos serán notificados "sin demora" de su derecho a que se notifique su arresto a su embajada o consulado, y "los funcionarios consulares tendrán derecho a visitar a un nacional del Estado que envía que se encuentre en prisión, bajo custodia o detención, para conversar y mantener correspondencia con él y para disponer su representación legal". [2]
El artículo 37 establece que el país anfitrión debe notificar "sin demora" a los funcionarios consulares del estado de envío si uno de los nacionales del estado de envío fallece o se le designa un tutor o administrador. El artículo también establece que los funcionarios consulares deben ser informados "sin demora" si un buque de la nacionalidad del Estado que envía naufraga o encalla " en el mar territorial o en aguas interiores del Estado receptor, o si una aeronave matriculada en el Estado que envía sufre un accidente en el territorio del Estado receptor." [2]
El artículo 40 establece que "El Estado receptor tratará a los funcionarios consulares con el debido respeto y tomará todas las medidas apropiadas para impedir cualquier ataque a su persona, libertad o dignidad". [2]
Los artículos 58 a 68 tratan de los funcionarios consulares honorarios y sus poderes y funciones. [2]
Inmunidad consular
La Convención (artículo 43) [2] prevé la inmunidad consular . Algunas, pero no todas, las disposiciones de la Convención relativas a esta inmunidad reflejan el derecho internacional consuetudinario . [4] La inmunidad consular es una forma menor de inmunidad diplomática . Los funcionarios y empleados consulares tienen "inmunidad funcional" (es decir, inmunidad de la jurisdicción del Estado receptor "con respecto a actos realizados en el ejercicio de la función consular"), pero no disfrutan de la "inmunidad personal" más amplia otorgada a los diplomáticos. [4]
En marzo de 2005, tras las decisiones de la Corte Internacional de Justicia en los casos LaGrand (2001) y Avena ( 2004 ), Estados Unidos se retiró del Protocolo Facultativo de la Convención sobre Solución Obligatoria de Controversias, que confiere a la CIJ jurisdicción obligatoria sobre las controversias que surjan en virtud del Convenio. [5] [6]
En 2006, la Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminó que los ciudadanos extranjeros que no fueron notificados de su derecho a notificación y acceso consular después de un arresto no pueden utilizar la violación del tratado para suprimir pruebas obtenidas en interrogatorios policiales o plantear tardíamente impugnaciones legales después del juicio ( Sánchez- Llamas contra Oregón ). [7] En 2008, la Corte Suprema de Estados Unidos dictaminó además que la decisión de la CIJ que ordenaba a Estados Unidos "revisar y reconsiderar" los casos de 51 condenados a muerte mexicanos no era una ley interna vinculante y, por lo tanto, no podía ser utilizado para superar las reglas procesales estatales por defecto que impedían mayores impugnaciones posteriores a la condena ( Medellín v. Texas ). [8]
^ Michael John García, "Convención de Viena sobre relaciones consulares: descripción general de la implementación de los Estados Unidos y la interpretación de los requisitos de notificación consular de la Corte Internacional de Justicia (CIJ),", Informe CRS para el Congreso (17 de mayo de 2004), https://fas.org/ sgp/crs/row/RL32390.pdf
^ Jan Wouters, Sanderijn Duquet y Katrien Meuwissen, "Las convenciones de Viena sobre relaciones diplomáticas y consulares" en The Oxford Handbook of Modern Diplomacy (eds. Andrew F. Cooper, Jorge Heine y Ramesh Thakur: Oxford University Press, 2013), págs. 515-16.
^ Andreas Zimmermann, "Entre la búsqueda de la universalidad y su jurisdicción limitada: el papel de la Corte Internacional de Justicia en la mejora del Estado de derecho internacional" en Mejora del Estado de derecho a través de la Corte Internacional de Justicia (eds. Giorgio Gaja y Jenny Grote Stoutenburg: Brill Nijhoff , 2014), pág. 40.
^ Sánchez-Llamas contra Oregón , 548 US 331 (2006).
^ Medellín contra Texas , 552 US 491 (2008).
^ Corte Internacional de Justicia , 24 de mayo de 1980, Caso relativo al personal consular y diplomático de los Estados Unidos en Teherán Archivado el 13 de enero de 2013 en Wayback Machine.
enlaces externos
Texto de la Convención
Implicaciones de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares sobre la Regulación de las Tarjetas de Identificación Consular
Estados Unidos abandona el pacto utilizado en casos capitales: los enemigos de la pena de muerte citan el acceso a los enviados – artículo del Washington Post de Charles Lane
Nota introductoria de Juan Manuel Gómez Robledo, nota de historia procesal y material audiovisual sobre la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares en el Archivo Histórico de la Biblioteca Audiovisual de Derecho Internacional de las Naciones Unidas
Conferencia de Eileen Denza titulada Derecho diplomático y consular – Temas de actualidad en la serie de conferencias de la Biblioteca Audiovisual de Derecho Internacional de las Naciones Unidas