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Convención sobre el Estatuto Internacional de los Refugiados

La Convención sobre el Estatuto Internacional de los Refugiados , de 28 de octubre de 1933, fue un documento de la Sociedad de Naciones que trataba de medidas administrativas como la emisión de certificados Nansen , la devolución , cuestiones jurídicas, condiciones laborales, accidentes industriales, bienestar y socorro, educación. , régimen fiscal y exención de reciprocidad, y preveía la creación de comités para refugiados. [1] [2] Fue el precursor de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados , que se rige por las Naciones Unidas .

La Convención de 1933 fue ratificada por nueve Estados, entre ellos Francia y el Reino Unido . Sin embargo, el Reino Unido no aceptó el segundo párrafo del artículo 3. Sin embargo, fue en virtud de esta Convención que el principio de no devolución adquirió el estatus de derecho internacional convencional. [1]

Referencias

  1. ^ ab Jaeger, Gilbert (septiembre de 2001). «Sobre la historia de la protección internacional de los refugiados» (PDF) . Revista Internacional de la Cruz Roja . 83 (843): 727-737. doi :10.1017/S1560775500119285. S2CID  145129127.
  2. ^ "Expediente S693/123/1 - - Convención sobre el Estatuto Internacional de los Refugiados, Ginebra, 28 de octubre de 1933; - Conferencia Intergubernamental para los Refugiados, Ginebra, octubre de 1933 - Acta final; - Copias firmadas". Biblioteca y Archivos de las Naciones Unidas en Ginebra . Consultado el 20 de junio de 2022 .