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Consejo de Secretarios de Puerto Rico

El Consejo de Secretarios de Puerto Rico ( en español : Consejo de Secretarios ) es el grupo compuesto por los jefes de los departamentos ejecutivos del gobierno de Puerto Rico . El Consejo está encargado de liderar los diferentes sectores de la administración pública dentro del gobierno y no constituye una agencia en sí mismo.

El Consejo, junto con los funcionarios a nivel de Gabinete , componen el Gabinete de Puerto Rico .

Fondo

El establecimiento del Consejo es proclamado por el Artículo IV de la Constitución de Puerto Rico que establece que el Gobernador será asistido por Secretarios quienes colectivamente constituirán el consejo asesor del Gobernador y serán designados como el Consejo de Secretarios . [1]

Cada Secretario es nominado por el Gobernador y luego presentado al Senado para recibir asesoramiento y consentimiento por mayoría simple , excepto el Secretario de Estado , que requiere el asesoramiento y consentimiento tanto del Senado como de la Cámara de Representantes . [1] Si los Secretarios son confirmados, prestan juramento y comienzan a desempeñar sus funciones inmediatamente después. Sin embargo, los Secretarios nombrados durante un receso legislativo podrán comenzar a desempeñar sus funciones inmediatamente bajo nombramiento de receso hasta el final del siguiente período ordinario de sesiones de la Asamblea Legislativa , o rechazados por el Senado, lo que ocurra primero, en caso de que no sean confirmados.

La Constitución de Puerto Rico estableció ocho Secretarías, a saber: la Secretaría de Agricultura y Comercio, Educación , Salud , Justicia , Trabajo, Obras Públicas, Estado y Hacienda . [2]

El Secretario de Agricultura y Comercio evolucionó a dos puestos diferentes: el Secretario de Agricultura [3] y el Secretario de Desarrollo Económico y Comercio , [4] mientras que el Secretario de Trabajo evolucionó a Secretario de Trabajo y Recursos Humanos , [5] y el Secretario de Obras Públicas en el Secretario de Transporte y Obras Públicas . [6]

La creación de más departamentos ejecutivos por ley puertorriqueña estableció más Secretarios, a saber: el Secretario de Asuntos del Consumidor , [7] Correccional y Rehabilitación , [8] Asuntos Familiares , [9] Vivienda , [10] Recursos Naturales y Ambientales , [11 ] y Deportes y Recreación . [12]

Publicaciones actuales

Referencias

  1. ^ ab "Artículo IV, Sección 5". Constitución de Puerto Rico . 25 de julio de 1952 . Consultado el 28 de diciembre de 2012 .
  2. ^ "Artículo IV, Sección 6". Constitución de Puerto Rico . 25 de julio de 1952 . Consultado el 28 de diciembre de 2012 .
  3. ^ Ley del Departamento de Agricultura (PDF) (60) (en español). 1940 . Consultado el 29 de diciembre de 2012 .
  4. Plan de Reorganización N°4 de 1994 (PDF) (en español) , consultado el 29 de diciembre de 2012
  5. ^ 100 (PDF) (en español). 1977 . Consultado el 29 de diciembre de 2012 .
  6. Plan de Reorganización N° 6 de 1971 (PDF) (en español) , consultado el 29 de diciembre de 2012
  7. ^ Ley Orgánica del Departamento de Consumo (5) (en español). 1973 . Consultado el 29 de diciembre de 2012 .
  8. Plan de Reorganización N°3 de 1993 (PDF) (en español) , consultado el 29 de diciembre de 2012
  9. ^ Ley Orgánica del Departamento de Asuntos Familiares (PDF) (171) (en español). 1968 . Consultado el 29 de diciembre de 2012 .
  10. ^ Ley Orgánica del Departamento de Vivienda (10) (en español). 1972 . Consultado el 29 de diciembre de 2012 .
  11. ^ Ley Orgánica del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (PDF) (23) (en español). 1972 . Consultado el 29 de diciembre de 2012 .
  12. ^ Ley Orgánica del Departamento de Deportes y Recreación (PDF) (8) (en español). 2004 . Consultado el 29 de diciembre de 2012 .