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Consejo de la Judicatura (Estados Unidos)

Los Consejos Judiciales de Circuito son paneles de los tribunales federales de los Estados Unidos que se encargan de hacer "órdenes necesarias y apropiadas para la administración eficaz y rápida de justicia" dentro de sus circuitos. [1] Entre sus responsabilidades está la disciplina judicial, la formulación de políticas de circuito, la implementación de directivas de políticas recibidas de la Conferencia Judicial de los Estados Unidos y la presentación anual de un informe a la Oficina Administrativa de los Tribunales de los Estados Unidos sobre el número y la naturaleza de las órdenes dictadas durante el año que se relacionan con la mala conducta judicial. [2] Cada circuito judicial de los Estados Unidos tiene un consejo judicial, que consta del juez principal del circuito y un número igual de jueces de circuito y jueces de distrito del circuito. [3]

Disciplina judicial

El proceso de disciplina judicial de los jueces federales de los Estados Unidos se inicia con la presentación de una denuncia por parte de cualquier persona que alegue que un juez ha incurrido en una conducta "perjudicial para la administración eficaz y expedita de los asuntos de los tribunales, o que alegue que dicho juez no puede desempeñar todos los deberes del cargo por razones de discapacidad mental o física". [4] El juez principal del circuito tiene la facultad de desestimar o concluir el procedimiento, o designar un comité especial para investigar los hechos y las alegaciones de la denuncia. El comité está compuesto por el juez principal y un número igual de jueces de circuito y jueces de distrito, que son designados por el juez principal. El comité debe realizar la investigación que considere necesaria y luego presentar rápidamente un informe escrito completo de su investigación al consejo judicial del circuito en cuestión. Al recibir dicho informe, el consejo judicial del circuito en cuestión puede realizar cualquier investigación adicional que considere necesaria y puede desestimar la denuncia. [5]

Si un juez que es objeto de una queja ejerce su cargo mientras se comporta bien, las medidas que adopte el consejo judicial pueden incluir la certificación de la incapacidad del juez. El consejo judicial también puede, a su discreción, remitir cualquier queja en virtud del 28 USC § 351, junto con el registro de cualquier procedimiento asociado y sus recomendaciones para la acción apropiada, a la Conferencia Judicial. La Conferencia Judicial puede ejercer su autoridad en virtud de las disposiciones de disciplina judicial como una conferencia, o a través de un comité permanente designado por el Presidente de la Corte Suprema .

Véase también

Referencias