El Consejo General del Poder Judicial ( en español : Consejo General del Poder Judicial , CGPJ ) es el consejo nacional del poder judicial de España . Es el órgano constitucional que rige todo el Poder Judicial de España , como tribunales , y jueces , tal y como establece la Constitución Española de 1978 , artículo 122 y desarrollado por la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial (LOPJ). El Presidente del CGJP es también el presidente del Tribunal Supremo .
La Constitución de 1978 regula el Consejo General del Poder Judicial en los apartados 2 y 3 del artículo 122. [2]
2. El Consejo General del Poder Judicial es su órgano de gobierno. Una ley orgánica regulará su estatuto y el régimen de incompatibilidades de sus miembros y sus funciones, especialmente en materia de nombramientos, ascensos, inspección y régimen disciplinario.
3. El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros designados por el Rey por un período de cinco años, de los que doce serán jueces y magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que determine la ley orgánica; cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados y cuatro por el Senado, elegidos en ambos casos por las tres quintas partes de sus miembros entre abogados y otros juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional.
Esto quiere decir que la Constitución únicamente detalla la forma de elección de los ocho miembros del CGPJ, que serán elegidos entre los juristas de mayor prestigio . Se requiere un mínimo de 15 años de experiencia. Cuatro de ellos deben ser elegidos por el Congreso y los otros cuatro por el Senado . En ambos casos se requiere una mayoría de tres quintos de los miembros de cada Cámara para ser elegido miembro del CGPJ.
Por lo demás, para la elección de los doce vocales precedentes del Poder Judicial , con independencia de la categoría profesional a la que pertenezcan (Magistrado del Tribunal Supremo , Magistrado o Juez), la Constitución se remite a lo que se establezca en una futura Ley Orgánica . Las Cortes cumplieron este mandato constitucional con la aprobación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial . [3]
El CGPJ no es un órgano jurisdiccional, sino un órgano de control y organización del Poder Judicial español, no forma parte del propio Poder Judicial. Entre sus principales funciones se encuentran:
El CGPJ está también obligado a informar sobre todas las leyes y disposiciones legales del Estado y de las Comunidades Autónomas relativas a cuestiones judiciales, así como a ser consultado en el nombramiento del Fiscal General del Estado. [5]
La Constitución determina en su artículo 122.3: [2]
La Ley Orgánica 2/2001 [6] (actualmente vigente), modificó la Ley Orgánica 6/1985 en lo que se refiere al sistema electoral:
De los 12 miembros que deben ser Jueces o Magistrados, 6 son elegidos por el Congreso y 6 por el Senado, de una lista de 36 candidatos propuestos por asociaciones de jueces o por jueces no asociados.
Cada una de las Cámaras que forman las Cortes Generales eligió a diez miembros por mayoría cualificada de tres quintos. Seis entre magistrados en activo y cuatro entre abogados de reconocida competencia. No pudieron ser elegidos los miembros del Consejo saliente ni quienes prestaron servicios en sus órganos técnicos.
El Presidente es designado por el Pleno del CGPJ entre miembros de la carrera judicial o juristas de reconocida competencia. Durante su mandato, los miembros no pueden ser removidos, sustituidos, cesados ni reelegidos. Formalmente, son designados por el Rey de España .
La Ley Orgánica 2/2001, de 21 de junio, modificó el artículo 122 de la Ley Orgánica del Poder Judicial reformando el método de elección entre los vocales procedentes de la carrera judicial . Los colegios profesionales de la carrera judicial o agrupaciones de jueces que sumen, al menos, el 2 por 100 del total de los miembros en activo podrán presentar a las Cámaras un total de treinta y seis candidatos, de los que el Congreso elegirá a seis y los otros seis serán elegidos por el Senado de entre los treinta restantes. [3]
Alberto Ruiz-Gallardón , ministro de Justicia , anunció en 2012 su intención de cambiar el método de elección de los 12 vocales del CGPJ, volviendo al antiguo sistema de 1985. Sin embargo, el 21 de diciembre de 2012 el ministro acudió al Consejo de Ministros con un anteproyecto en el que se establecía que la elección de los veinte miembros del órgano de gobierno de los jueces se realizara directamente por el Parlamento , sin elecciones previas en la carrera judicial. [7] Ruiz-Gallardón consideró que la reforma, consensuada con el PSOE , contribuiría a la despolitización de la justicia. [8] El Consejo de Ministros rechazó este proyecto.
Los miembros del Consejo General del Poder Judicial son el Presidente, el Vicepresidente y los Vocales.
El Presidente del CGPJ es también Presidente del Tribunal Supremo . Son:
Estos son los miembros actuales del CGPJ desde el 29 de noviembre de 2013. Fueron elegidos por el Congreso [17] y el Senado . Desde 2018, un tercio [ ¿quién? ] debe ser renovado. [18] [19] [ aclaración necesaria ] Los miembros con mandatos vencidos se niegan a dimitir. [20] El parlamento español no ha reunido la mayoría de 3/5 necesaria para nombrar nuevos miembros del CGPJ. [21]