El Comité de Selección es un comité selecto de la Cámara de los Comunes en el Parlamento del Reino Unido . A diferencia de otros comités selectos de la Cámara de los Comunes, el Comité de Selección existe en virtud del Reglamento de Asuntos Privados de la Cámara, sus reglas para proyectos de ley que afectan solo a organizaciones o individuos específicos. [1] A pesar de eso, el comité es más conocido por nombrar a los miembros de los comités establecidos en virtud de las resoluciones de la Cámara y el Reglamento de Asuntos Públicos.
Los miembros del Comité de Selección son nominados mediante una moción presentada y propuesta por un miembro del Gobierno. De la misma manera, el Gobierno también nomina a miembros del Comité de Enlace , el Comité de Normas , el Comité de Privilegios y los comités establecidos por un reglamento permanente temporal, aunque en ocasiones se ha encomendado al Comité de Selección la tarea de realizar dichas nominaciones. [2] Como el Comité de Selección no está cubierto por el Reglamento Permanente Nº 122B, [3] su presidente es elegido por los propios miembros del comité a menos que la Cámara ordene otra cosa. [4]
Una vez elegidos los miembros no presidentes de otros comités selectos mediante elecciones dentro de cada partido, [5] se presenta una moción que establece la composición de cada comité y es presentada en nombre del Comité de Selección por uno de sus miembros. [2]
Con pocas excepciones, en particular el propio Comité de Selección, el Comité de Normas, el Comité de Privilegios y el Comité de Enlace, sólo los miembros del comité que actúen en su nombre pueden nominar nuevos miembros para los comités o proponer la destitución de miembros. Los nombramientos para los comités de selección se realizan mediante mociones presentadas ante la Cámara de los Comunes, mientras que los nombramientos para los comités generales (como los comités de proyectos de ley públicos ) se realizan por la propia autoridad del comité. [6] Con respecto a los asuntos privados, todos los proyectos de ley privados se remiten automáticamente al comité, que a su vez remite los proyectos de ley sin oposición al Comité de Proyectos de Ley Sin Oposición y remite los proyectos de ley con oposición a los comités cuyos miembros también designa. [1]
El Comité de Selección desempeña una función crucial, aunque a menudo pasada por alto, en el examen de la legislación. La estructura actual del comité está dominada por los látigos del partido. Esto significa que el gobierno elige efectivamente qué diputados examinarán sus proyectos de ley. Los defensores de la reforma destacan que la organización actual del comité significa que los diputados que son especialistas en la materia o que pueden tener opiniones contrarias a la dirección de su partido pueden quedar fuera de los comités de proyectos de ley públicos. Las reformas sugeridas incluyen limitar el número de látigos que pueden formar parte del comité y permitir a los diputados votar sobre las nominaciones para los comités de proyectos de ley públicos . [7]
Los miembros se eligen al comienzo de cada sesión. A partir de octubre de 2024, la composición del comité es la siguiente: [8]