El Comisionado de Caridad y Correcciones de Oklahoma fue un funcionario ejecutivo electivo del estado de Oklahoma .
El cargo fue establecido por la Constitución de Oklahoma en 1907. El cargo fue desmantelado por la enmienda constitucional State Question 50 a la Constitución. Fue adoptado en la elección especial celebrada el 22 de julio de 1975. La enmienda entró en vigor el 8 de enero de 1979. Las funciones del Comisionado fueron asumidas por el Departamento de Correcciones de Oklahoma .
Un Comisionado de Caridad y Correcciones tenía que haber sido ciudadano de los Estados Unidos, tener al menos 25 años de edad y haber residido en Oklahoma durante al menos diez años antes de la elección y haber cumplido un mandato de cuatro años que fuera concurrente con el del Gobernador de Oklahoma .
El Comisionado de Caridades y Correcciones tenía el poder de investigar todo el sistema de caridades públicas y correcciones del Estado. Esto incluía examinar las condiciones y la gestión de todas las prisiones, cárceles, asilos, reformatorios, escuelas de reforma e industriales, hospitales, enfermerías, dispensarios, orfanatos y todos los retiros y asilos públicos y privados que obtenían su apoyo total o parcialmente del Estado, de cualquier condado o municipio dentro del Estado.
En el ejercicio de sus funciones, los funcionarios de las instituciones que investigaba el Comisionado de Beneficencia y Correcciones debían proporcionarle con prontitud la información relativa a sus respectivas instituciones cuando este así lo exigiera. Además, el Comisionado de Beneficencia y Correcciones tenía la facultad de citar a cualquier persona para que compareciera y presentara los libros y documentos que se le asignaran en la citación, y de prestar testimonio bajo juramento sobre el asunto y la institución que se investigaban.
El Comisionado de Beneficencia y Correcciones debía presentar al Gobernador de Oklahoma un informe completo de toda investigación, incluidos los testimonios, y el Gobernador debía transmitirlo a la Legislatura de Oklahoma con las sugerencias que quisiera hacer. Además, el primer día de octubre de cada año, y en cualquier momento a pedido del Gobernador, el Comisionado de Beneficencia y Correcciones debía presentar un informe completo y detallado de las operaciones y la administración de su oficina, con las sugerencias que el Comisionado de Beneficencia y Correcciones considerara adecuadas y pertinentes.