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Comisión de Formación de Agencias Locales

Las Comisiones de Formación de Agencias Locales o LAFCOs son agencias regionales de planificación de servicios del Estado de California . Las LAFCO están ubicadas en los 58 condados y ejercen poderes regulatorios y de planificación de acuerdo con su directiva prescrita para supervisar el establecimiento, la expansión, la gobernanza y la disolución de las agencias gubernamentales locales y sus áreas de servicio municipal para satisfacer las necesidades actuales y futuras de la comunidad. Las LAFCO se establecieron en 1963 y administran una sección de la ley de planificación de California ahora conocida como la Ley de Reorganización del Gobierno Local Cortese-Knox-Hertzberg de 2001.

Los poderes regulatorios de las LAFCO se describen en las Secciones 56375 y 56133 del Código de Gobierno de California. Esto incluye la aprobación, el establecimiento, la expansión, la reorganización y, en circunstancias limitadas, la disolución de ciudades y distritos especiales. Las LAFCO también son responsables de aprobar todas las extensiones de servicios externos mediante contrato o acuerdo a partir de 2001. Los poderes regulatorios de las LAFCO generalmente se ejercen en respuesta a solicitudes presentadas por otras agencias locales, propietarios de tierras o votantes registrados. Las LAFCO también pueden iniciar ciertas propuestas si son consistentes con una recomendación de sus propios estudios de planificación, como establecer, consolidar o disolver distritos especiales.

Las responsabilidades de planificación de las LAFCO son explícitas en lo que respecta a informar sus poderes regulatorios y se destacan mediante el establecimiento de esferas de influencia para todas las ciudades y distritos especiales. Las esferas de influencia representan la versión del Estado de California de los límites de crecimiento municipal y delimitan el territorio que la LAFCO considera de manera independiente que representa el límite jurisdiccional y el área de servicio futuros apropiados y probables de la agencia en cuestión. Todos los cambios de límites jurisdiccionales y las extensiones de servicios externos, en particular, deben ser coherentes con las esferas de influencia de las agencias en cuestión, con excepciones limitadas.

La ley estatal exige que las 58 LAFCO designen a su propio funcionario ejecutivo, que actúa como administrador de la agencia y es responsable de hacer recomendaciones sobre todos los cambios jurisdiccionales dentro del condado. Las LAFCO más grandes, por lo general en el área de la bahía de San Francisco y el sur de California, cuentan con entre tres y diez empleados, además de consultores externos. La LAFCO más grande de California en términos de personal y presupuesto es la de San Diego, con 10 miembros del personal y un presupuesto operativo de más de $2,0 millones.

Historia

Se establecieron en 1963 en todos los condados de California , excepto San Francisco , que obtendría uno recién en 2001, por la Legislatura del Estado de California . Su autoridad legal y mandato actuales están definidos por la Ley de Reorganización del Gobierno Local Cortese-Knox-Hertzberg de 2000 (Código de Gobierno, Sección 56000 y siguientes ). Los poderes y deberes de las LAFCO se han ampliado al ritmo de la legislación posterior y, más recientemente, incluyen la regulación de la capacidad de las ciudades y los distritos para proporcionar servicios fuera de sus límites jurisdiccionales mediante contrato o acuerdo. Las LAFCO también deben aprobar las solicitudes de los distritos para ampliar sus poderes de servicio y/o desinvertir los poderes de servicio existentes.

Autoridad

Las LAFCO tienen autoridad tanto regulatoria como de planificación:

Bajo la agencia, a ninguna comunidad dentro de una ciudad incorporada se le ha otorgado el estatus de ciudad. Esto se debe en parte a que la Ley de Reorganización del Gobierno Local Cortese-Knox-Hertzberg de 2000 dificulta que las comunidades se separen de sus ciudades originales, ya que la comunidad debe obtener la aprobación de la ciudad de la que se está separando, y requiere que dos tercios de toda la comunidad y la ciudad reafectada estén de acuerdo. La única comunidad dentro de una ciudad que alguna vez fue sometida a votación por LAFCO fue el Valle de San Fernando a principios de la década de 2000, a la que se le denegó. Ninguna separación de una ciudad ha tenido éxito en el estado desde 1947.

Las LAFCO están regidas por una comisión formada por funcionarios electos designados que representan a la junta de supervisores del condado, los concejos municipales y, al menos en la mayoría de los casos, a los directores de distritos especiales. (No todas las LAFCO tienen representación en distritos especiales). Los funcionarios electos designados de la LAFCO también designan a miembros del público en general para que presten servicios en la comisión. La financiación de la LAFCO es proporcionada por agencias locales y se divide en partes de un tercio entre el condado, las ciudades y los distritos especiales; estas últimas cantidades se dividen a su vez entre las agencias individuales en función de los ingresos fiscales.

Tipos

Según el Comité de Gobierno Local del Senado de California, las LAFCO regulan todos los límites de las ciudades y la mayoría de los distritos especiales, incluidos los siguientes: [1]

Las LAFCO no regulan directamente a los condados. También existen ciertos tipos de distritos especiales que están exentos de la supervisión de las LAFCO. Entre ellos se encuentran los siguientes: [1]

Referencias

  1. ^ ab Es hora de trazar la línea (PDF) , Senado de California , archivado desde el original (PDF) el 3 de febrero de 2013

Enlaces externos