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Comisión Internacional Independiente sobre Kosovo

La Comisión Internacional Independiente sobre Kosovo ( IICK ) [1] fue una comisión establecida en agosto de 1999, tras la Guerra de Kosovo , por el gobierno de Suecia sobre la base de la iniciativa de su Primer Ministro Göran Persson . [2] [3] La Comisión evaluó que el bombardeo de Yugoslavia por la OTAN era "ilegal pero justificado", con el fin de evitar nuevas atrocidades por parte de las fuerzas yugoslavas, que se intensificaron durante el bombardeo de la OTAN. La crisis había sido causada por las continuas violaciones de derechos humanos por parte de las fuerzas yugoslavas en Kosovo durante la década de 1990, aunque cuando algunos albanokosovares pasaron de la resistencia desarmada a la armada, esto exacerbó la respuesta yugoslava que incluyó muchos crímenes contra la humanidad. [4] La comisión también informó que la presencia internacional establecida en Kosovo no impidió que el Ejército de Liberación de Kosovo (ELK) y otros albaneses realizaran una limpieza étnica de las minorías étnicas de Kosovo.

La decisión del Fiscal del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY) de no abrir una investigación contra la OTAN fue ampliamente criticada.

Miembros

Siete de los once miembros de la comisión procedían de países miembros de la OTAN . [5] Richard Goldstone y Carl Tham fueron nombrados primeros copresidentes y otros miembros fueron elegidos por períodos de un año. [6] Los primeros once miembros incluyeron a Anan Ashrawi, Richard A. Falk , Martha Minow , [7] Mary Kaldor , Michael Ignatieff, [8] Grace d'Almeida , Theo Sommer , Jacques Rupnik, Jan Urban, Akiko Domoto y Oleg. Grinevsky. [5] Uno de los miembros, Richard A. Falk, fue posteriormente coautor de un trabajo sobre la distinción entre legalidad y legitimidad publicado en 2012. [9]

Objetivo

Uno de los propósitos de la comisión era evaluar "la idoneidad de las normas e instituciones actuales para prevenir y responder" al conflicto étnico como se ve en Kosovo . [3]

informes de la comisión

La Comisión concluyó que:

Las fuerzas [yugoslavas] estaban involucradas en una bien planificada campaña de terror y expulsión de los albanokosovares. Esta campaña se describe con mayor frecuencia como una “limpieza étnica”, destinada a expulsar a muchos, si no a todos, los albanokosovares de Kosovo, destruir los cimientos de su sociedad e impedirles regresar.

La evaluación de la Comisión sobre el bombardeo de Yugoslavia por parte de la OTAN fue que fue "ilegal pero justificado"; No había sido autorizada por el Consejo de Seguridad de la ONU , pero la intervención fue beneficiosa para la población albanesa expuesta directamente al riesgo de la represión gubernamental. [10] [11] [12] La conclusión de la comisión de que la acción de la OTAN fue ilegal puede resultar en la determinación de la responsabilidad de individuos o estados. [13] Fue duramente criticada la decisión del Fiscal del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY) de no abrir una investigación contra la OTAN por responsabilidad individual, [13] así como el intervencionismo humanitario. [14]

La comisión criticó a la Fuerza de Kosovo de la OTAN (KFOR) y a la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo (UNMIK) por no proteger a las minorías en Kosovo y permitir una "limpieza étnica inversa". [15] La comisión declaró que la KFOR era reacia y no tenía la capacidad de prevenir la violencia contra las minorías étnicas y que el Ejército de Liberación de Kosovo (ELK) y otros albaneses limpiaron étnicamente Kosovo después de que se estableció la presencia internacional en Kosovo. [dieciséis]

Ver también

Referencias

  1. ^ Thomas GG Weiss (23 de abril de 2012). Pensar en la gobernanza global: por qué son importantes las personas y las ideas. Rutledge. pag. 293.ISBN​ 978-0-415-78193-0. Consultado el 28 de febrero de 2013 .
  2. ^ Anuario de Derechos Humanos de Israel. Editores Martinus Nijhoff. 2002. pág. 72.ISBN 978-90-411-1892-9. Consultado el 25 de febrero de 2013 .
  3. ^ ab Reza Banakar (15 de diciembre de 2010). Derechos en contexto: derecho y justicia en la sociedad moderna tardía. Ashgate Publishing, Ltd. págs. 267–. ISBN 978-1-4094-9731-8. Consultado el 25 de febrero de 2013 .
  4. ^ Comisión Internacional Independiente sobre Kosovo. "6". El informe de Kosovo .
  5. ^ ab Paul FJ Aranas (27 de febrero de 2012). Cortina de humo: Estados Unidos, la OTAN y el uso ilegítimo de la fuerza. Editorial Algora. págs.138–. ISBN 978-0-87586-894-3. Consultado el 27 de febrero de 2013 .
  6. ^ Editores: Ramesh Thakur; Andrew Fenton Cooper; John English (1 de enero de 2006). Comisión Internacional y el poder de las ideas. Fundación Académica. pag. 296.ISBN 978-81-7188-499-5. Consultado el 25 de febrero de 2013 . {{cite book}}: |author1=tiene nombre genérico ( ayuda )
  7. ^ Martha Minow (10 de enero de 2009). Rompiendo los ciclos del odio: memoria, ley y reparación. Prensa de la Universidad de Princeton. págs. 283–. ISBN 978-1-4008-2538-7. Consultado el 26 de febrero de 2013 .
  8. ^ Denis Smith (15 de septiembre de 2006). El mundo de Ignatieff: ¿un líder liberal para el siglo XXI? James Lorimer y compañía. págs.59–. ISBN 978-1-55028-962-6. Consultado el 26 de febrero de 2013 .
  9. ^ Richard Falk; Mark Jürgensmeyer; Vesselin Popovski (27 de marzo de 2012). Legalidad y legitimidad en los asuntos globales. Prensa de la Universidad de Oxford. pag. 8.ISBN 978-0-19-978158-4. Consultado el 3 de marzo de 2013 . La confianza en la distinción entre legalidad y legitimidad adquirió importancia por primera vez en el informe de la Comisión Internacional Independiente sobre Kosovo, de la que Richard Falk era miembro.
  10. ^ Anthony Oberschall (2 de marzo de 2007). Conflicto y construcción de la paz en sociedades divididas: respuestas a la violencia étnica. Taylor y Francisco. págs.93–. ISBN 978-0-203-94485-1. Consultado el 1 de marzo de 2013 .
  11. ^ Comisión Internacional de Intervención y Soberanía del Estado; Centro Internacional de Investigaciones para el Desarrollo (Canadá) (2001). La responsabilidad de proteger: Informe de la Comisión Internacional sobre Intervención y Soberanía del Estado. Suplemento. IDRC. págs.114–. ISBN 978-0-88936-963-4. Consultado el 25 de febrero de 2013 .
  12. ^ Estuardo Allan; Barbie Zelizer (2004). Informar sobre la guerra: periodismo en tiempos de guerra. Taylor y Francisco. pag. 175.ISBN 978-0-415-33997-1. Consultado el 1 de marzo de 2013 .
  13. ^ ab Katariina Simonen (27 de julio de 2011). El Estado versus el individuo: el dilema no resuelto de la intervención humanitaria. Editores Martinus Nijhoff. págs. 213–. ISBN 978-90-04-20291-7. Consultado el 27 de febrero de 2013 .
  14. ^ Daniel Levy; Natan Sznaider (30 de septiembre de 2010). Derechos Humanos y Memoria. Prensa de Penn State. pag. 95.ISBN 978-0-271-03738-7. Consultado el 1 de marzo de 2013 .
  15. ^ Eyal Benvenisti (23 de febrero de 2012). El derecho internacional de la ocupación. Prensa de la Universidad de Oxford. págs. 295–. ISBN 978-0-19-163957-9. Consultado el 27 de febrero de 2013 .
  16. ^ Siobhán Wills (26 de febrero de 2009). Proteger a los civiles: las obligaciones del personal de mantenimiento de la paz. Prensa de la Universidad de Oxford. pag. 219.ISBN 978-0-19-953387-9. Consultado el 24 de febrero de 2013 .

Otras lecturas