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Circular A-21 de la OMB

La Circular A-21 de la OMB es una circular del Gobierno que establece las normas que rigen la elegibilidad y el cálculo de los costos en apoyo de la investigación, el desarrollo, la capacitación y otros trabajos patrocinados producidos de acuerdo con el Gobierno Federal de los Estados Unidos , pero no intenta identificar ni dictar la participación de agencias o instituciones en esos trabajos. La última revisión data del 10 de mayo de 2004.

Esta circular se divide en diez secciones:

Propósito y alcance

Esta sección describe los principios y políticas que se deben seguir con respecto a los principios contables, acuerdos y exenciones para cualquier capacitación o trabajo producido bajo el contrato acordado por el Gobierno Federal.

Definición de términos

Enumera los significados connotativos y denotativos de frases específicas utilizadas a lo largo de la circular.

Consideraciones básicas

En esta sección se describe la responsabilidad que se requiere al determinar y justificar los costos incurridos a lo largo de un proyecto, y lo que se puede esperar en términos de rendición de cuentas por parte de las autoridades financieras involucradas.

Costos directos

Los costos directos son aquellos mensurables y precisos dentro del alcance del proyecto.

Los costos de instalaciones y administración no son necesariamente activos tangibles, sino aquellos que no son inmediatamente reconocidos ni desglosados ​​por todos los participantes del proyecto o de una determinada actividad dentro del proyecto. También se incluyen recomendaciones para la distribución y consideraciones sobre estos costos.

En esta sección se clasifican los costos incurridos como resultado de gastos, servicios, operaciones y la depreciación de dichos costos.

Todos los costos de F&A deben determinarse y negociarse en relación con el alcance del proyecto, y existen limitaciones y procedimientos delineados para la contabilización de estas tasas de costos.

Método simplificado para pequeñas instituciones

Esta sección trunca la identificación, asignación, determinación y aplicación de las tasas de costos cuando se aplican a cualquier obra que no exceda los US$ 10 millones en un solo ejercicio fiscal. Estos procedimientos simplificados pueden utilizarse para contabilizar el costo total de un proyecto o de una obra producida en virtud del contrato.

Disposiciones generales para partidas de costes seleccionadas

Esta sección cubre los costos permitidos y no permitidos que implica un proyecto. Para simplificar, se permiten los siguientes costos (dentro de las pautas de la circular):

Todo lo que esté fuera del alcance de estos costos normalmente no está permitido a menos que esté incluido en una de las excepciones específicamente mencionadas en la circular.

Certificación de cargos

Este es un formulario breve que requiere la institución nombrada, la firma, el nombre del funcionario, el título y la fecha, que al ser recolectado certifica que se han contabilizado todos los costos y están dentro de las pautas de costos, bajo pena de perjurio.

Enlaces externos