Canadian National Railway Co v Norsk Pacific Steamship Co , [1992] 1 SCR 1021 es una importantedecisión de la Corte Suprema de Canadá sobre pérdida económica pura en el derecho de responsabilidad civil . El tribunal reconoció situaciones en las que la pérdida económica pura es indemnizable. En particular, el tribunal sostuvo que la pérdida económica relacional cae dentro de la categoría de pérdidas que son suficientemente próximas como para dar lugar a un deber de cuidado .
Una barcaza remolcada en medio de una densa niebla por el remolcador Jervis Crown, propiedad y operado por Norsk Pacific Steamship Co. y Norsk Pacific Marine Services Ltd., chocó con el puente ferroviario de New Westminster , que cruza el río Fraser entre Surrey y New Westminster. Canadian National Railway (CN) fue el principal usuario (86 % del uso total) del puente, propiedad de Public Works Canada (PWC). El puente es el único enlace directo para varias compañías ferroviarias entre las orillas norte y sur del Fraser en Metro Vancouver .
Los propietarios del remolcador conocían la zona y en todo momento sabían que el puente era utilizado principalmente por CN y era esencial para sus operaciones.
Tras el accidente, la reparación del puente llevó varias semanas, durante las cuales CN y otras compañías ferroviarias se vieron obligadas a desviar el tráfico, lo que aumentó el coste de las operaciones y redujo la capacidad de transporte de mercancías durante ese tiempo.
Los ferrocarriles demandaron a los propietarios y operadores de los remolcadores por los costes adicionales que les supuso el cierre del puente. Los propietarios de los remolcadores alegaron que no tenían derecho a indemnización, ya que CN no era el propietario del puente y no había sufrido daños físicos o materiales directos. Sus pérdidas fueron puramente económicas (basadas en la pérdida de beneficios y el aumento de los costes operativos), que por lo general no eran recuperables en virtud del derecho de responsabilidad civil.
La jueza McLachlin (como se la conocía entonces), junto con los jueces L'Heureux-Dubé y Cory, falló a favor de la demandante CN. Aplicando la prueba Anns adoptada por la Corte Suprema de Canadá en Kamloops (City) v. Nielsen , determinó que Norsk tenía un deber de cuidado hacia CN, lo que hacía que la pérdida fuera recuperable.
En virtud de la primera rama de la prueba Anns , sostuvo que debe haber suficiente proximidad entre las partes además de que el daño sea previsible. En el contexto de la pérdida económica relacional contractual, debe haber un examen minucioso de los hechos para determinar si existe suficiente proximidad, incluida "proximidad física, obligaciones asumidas o impuestas y una conexión causal estrecha".
En virtud de la segunda rama de la prueba Anns , ella rechazó tres amplios argumentos de política presentados por el demandado: (1) el argumento del seguro era cuestionable porque supone que las víctimas están en mejores condiciones de asegurarse que los causantes de ilícitos, (2) la justificación de la distribución de pérdidas es inadecuada porque no justifica casos en los que hay una sola víctima, y (3) el argumento de la asignación contractual del riesgo fue rechazado porque supone que todas las empresas asignan eficientemente el riesgo y tienen el mismo poder de negociación, y pasa por alto el concepto de culpa al determinar la responsabilidad.
Aplicando la ley al caso, McLachlin concluyó que CN estaba suficientemente cerca de Norsk y de la propiedad en cuestión. Señaló que la relación entre CN y PWC era tal que el puente podía considerarse una "empresa conjunta" o "empresa común" en virtud de la cual se había permitido la recuperación de pérdidas económicas en el Reino Unido.
Stevenson J., escribiendo por sí mismo, coincidió con McLachlin J. en el resultado, pero no apoyó plenamente su opinión sobre la pérdida económica relacional. Centrándose principalmente en la previsibilidad, sostuvo que:
El juez LaForest sostuvo que no surge ningún deber de cuidado a menos que el caso caiga dentro de categorías excepcionales estrechas, que no incluyen el caso en cuestión. Habría mantenido la regla tradicional de la línea clara que excluye la recuperación por pérdidas económicas causadas por daños a la propiedad de terceros.
Cuestionó la aplicabilidad de la indemnización por agravio en tales casos y escribió que "es legítimo considerar qué parte es la que soporta mejor las pérdidas en este tipo de casos". Consideró que "una denegación de la indemnización en este caso está justificada a la luz de la capacidad abrumadoramente superior de CN para soportar riesgos en los hechos de este caso".
Además, el Juez LaForest sostuvo que el enfoque de McLachlin crearía incertidumbre en la ley, ya que los demandantes podrían ser un grupo indeterminadamente grande y no hay forma de que el demandado sepa quién podría verse afectado por los daños causados por sus remolcadores. Según el enfoque de McLachlin, ambas partes requerirían un seguro a un alto costo y, por lo tanto, no es económicamente eficiente.
El estado de la ley sobre pérdidas económicas no estaba claro inmediatamente después de la decisión en Norsk , ya que ni las sentencias de McLachlin ni las de LaForest fueron la mayoría clara.
En Bow Valley Husky (Bermuda) Ltd. v. Saint John Shipbuilding Ltd. , [1997] 3 SCR 1210, McLachlin aclaró el resultado, afirmando que la recuperación de la pérdida económica relacional contractual es la excepción y no la norma. Existe una presunción en contra de la pérdida económica relacional contractual, sujeta a categorías excepcionales reconocidas:
En Martel Building v. Canada , [2000] 2 SCR 860, el tribunal resumió el estado de la ley y respaldó parcialmente la sentencia de LaForest en lo que respecta a las categorías de casos que pueden dar lugar a pérdidas económicas indemnizables. Estas cinco categorías fueron:
Estas categorías no están cerradas, sino que se abordarán caso por caso según los fundamentos de Norsk y Bow Valley .
Texto completo de la decisión de la Corte Suprema de Canadá en LexUM y CanLII
"Canadian National Railway Co v Norsk Pacific Steamship Co [1992] 1S.CR 1021". Resumen del caso. Routledge-Cavendish. 2004. doi :10.4324/9781843145790-45. ISBN 9781843145790.