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Código de seguros de California

El Código de Seguros de California son las leyes codificadas de California en materia de seguros . El código no solo cubre los requisitos para pólizas de seguro de hogar, automóvil, médico y comercial, sino que también cubre la concesión de licencias a agentes de fianzas, compensación laboral, servicios de clubes de motor y otros tipos de negocios relacionados. Los temas incluyen: clases de seguros, disposiciones del código que rigen al comisionado de seguros, leyes relativas a los ajustadores de seguros, contratos de seguro, limitaciones de responsabilidad y seguro de responsabilidad de transportistas comunes. El Departamento de Seguros de California supervisa la aplicación del código y la ejecución de sus pólizas. [1]

Historia

Registro de seguros de la era de la esclavitud

En septiembre de 2000, el Gobernador Gray Davis promulgó el Proyecto de Ley Estatal 2199, añadiendo una disposición al Código de Seguros de California para la creación de un Registro de Seguros de la Era de la Esclavitud. El proyecto de ley fue creado con la intención de preservar la información histórica sobre los propietarios de esclavos y sus esclavos con el fin de proporcionar información de investigación genealógica para los descendientes de esclavos, así como para preservar posibles pruebas para posibles reclamaciones de reparación . El proyecto de ley exige que las compañías de seguros proporcionen al Departamento de Seguros de California todos los registros históricos relacionados con las pólizas de seguro para propietarios de esclavos emitidas por cualquier corporación predecesora durante la era de la esclavitud . La información recopilada será puesta a disposición del público por el Departamento. [2]

Se mantiene la disposición de rescisión

Según las secciones 331 y 359 del código, cuando un asegurado ha tergiversado u ocultado hechos que son importantes para la solicitud de seguro, el asegurador puede rescindir la póliza. El 8 de marzo de 2005, la División del Segundo Distrito de Apelaciones de la Corte de Apelaciones de California. Cinco afirmaron y aplicaron la regla marítima de California en el caso James E. Mitchell, individualmente y como administrador del Mitchell Family Trust vs. United National Ins. Co. . El resumen de conclusiones decía: [3]

[U]n asegurador puede, según las secciones 331 y 359 del Código de Seguros de [California], rescindir una póliza de seguro contra incendios basándose en la tergiversación negligente o involuntaria por parte del asegurado de un hecho material en una solicitud de seguro, sin perjuicio de la cláusula de tergiversación intencional incluida en la norma requerida. formar una póliza de seguro contra incendios (Código de Seguros, secciones 2070 y 2071).

Ver también

Referencias

  1. ^ Legislatura estatal. "Código de seguros de California".
  2. ^ Legislatura estatal. "Consumidores: Regulaciones de seguros de la era de la esclavitud".
  3. ^ Barry Zalma. "Rescisión en California". IRMI.com.