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Bosque nacional (Brasil)

Bosque Nacional de Rio Preto

Un bosque nacional ( en portugués : Floresta Nacional, FLONA ) en Brasil es un tipo de área protegida de uso sostenible . El objetivo principal es la explotación sostenible del bosque, sujeta a varios límites. Estos incluyen el requisito de preservar al menos el 50% del bosque original, preservar el bosque a lo largo de los cursos de agua y en pendientes pronunciadas, etc. Más del 10% de la selva amazónica está protegida por bosques nacionales u otros tipos de unidades de conservación.

Definición

El concepto de Bosque Nacional se originó con el Código Forestal de 1934. Es un área con cubierta forestal de especies predominantemente nativas y tiene como objetivo básico el uso múltiple sustentable de los recursos forestales y la investigación científica, con énfasis en métodos para la explotación sustentable de los bosques nativos. [1] El bosque es de propiedad pública, y cualquier tierra privada en sus límites es expropiada cuando se forma. Las poblaciones indígenas pueden permanecer en el bosque. Se permiten las visitas públicas y se fomenta la investigación, sujetas a las reglas establecidas por la agencia responsable. El término "bosque nacional" se reemplaza por los términos equivalentes " bosque estatal " y " bosque municipal " cuando es creado por el nivel administrativo inferior. [2] La agencia responsable debe preparar y publicar un plan de manejo para el bosque. [3]

Conservación

Bosque Nacional São Francisco de Paula

Según el Código Forestal, cualquier bosque nacional nuevo debe mantener al menos el 50% de la cobertura forestal original, aunque los bosques más antiguos pueden tener tan solo el 20%. Las propiedades en el sur de Brasil en las que crece el pino Paraná ( Araucaria angustifolia ) no pueden deforestarse. Las áreas con pendientes entre 24 y 45 grados no pueden deforestarse, pero se puede extraer madera sin tala rasa. Los bosques a lo largo de los cursos de agua y alrededor de los manantiales, en alturas topográficas, en pendientes de más de 45 grados, en marismas, en el borde de mesetas y por encima de los 1.800 metros (5.900 pies) no pueden ser tocados. La cantidad mínima de cobertura silvestre debe preservarse en cada nivel de la propiedad. Se espera que las industrias que utilizan productos forestales inviertan en bosques para satisfacer sus necesidades. [4]

Los incentivos financieros previstos en el Código Forestal, incluidas las exenciones fiscales sobre los ingresos forestales y los incentivos fiscales para la reforestación, no se han implementado o se han modificado sustancialmente. Las regulaciones prohíben el comercio de productos y subproductos de la vida silvestre, incluidas 14 especies de plantas y 207 especies de animales, entre ellas el caimán negro , el manatí , el jaguar , el ciervo de los pantanos , la nutria gigante , el guacamayo y el oso hormiguero gigante . Sin embargo, la aplicación de la ley se ha visto obstaculizada por la falta de personal, la presión de la gente pobre que necesita los recursos para sobrevivir y los precios elevados de las plantas y los animales tropicales en el mercado internacional. [4]

Amazonia

El 2 de febrero de 1998, Fernando Henrique Cardoso creó siete nuevos bosques nacionales en la Amazonia. Según el Instituto Socioambiental (ISA), esto no aumentó la superficie protegida de la Amazonia, ya que los bosques habían sido anteriormente áreas militares protegidas de la explotación predatoria o el perímetro del Proyecto Carajás, el área minera de la Companhia Vale do Rio Doce (CVRD). Sin embargo, los decretos permitieron al gobierno afirmar que el 10% de los bosques amazónicos estaban protegidos. Según Paulo Benincá, del IBAMA, las áreas elegidas tenían un alto potencial para la explotación maderera y estaban cerca de los principales ríos para el transporte. El objetivo era crear 40.000.000 de hectáreas (99.000.000 acres) de bosque nacional, lo que sería suficiente para satisfacer la demanda interna y externa de productos de madera. Las 700.000 hectáreas (1.700.000 acres) de Bosque Nacional de Carajás alrededor del proyecto Carajás garantizarían una asociación financiera con la CVRD para proyectos ambientales. [4]

Véase también

Notas

  1. ^ O que são Unidades de Conservação – ((o))eco.
  2. ^ Lei No 9.985, 18 de julio de 2000.
  3. ^ Decreto Nº 4.340, de 22 de agosto de 2002.

Fuentes