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Bases Orgánicas

Bases Orgánicas (inglés: Organic Bases ) fue el nombre que recibió la constitución de México que entró en vigor en 1843. Fue la segunda y última constitución intentada durante la República Centralista de México , después de las Siete Leyes .

La inestabilidad nacional había resultado en un golpe de estado que derrocó la presidencia de Anastasio Bustamante a finales de 1841. Los golpistas liderados por Santa Anna habían proclamado la necesidad de una nueva constitución y habían celebrado elecciones para un nuevo congreso constitucional. Sin embargo, el congreso recién elegido no fue del agrado del gobierno y posteriormente fue disuelto en un autogolpe a finales de 1842. Un nuevo gobierno nombró una Junta (Junta) de Notables que elaboró ​​una nueva constitución el 12 de junio de 1843.

Fin de las Siete Leyes

Ministro de Guerra José María Tornel : quien disolvió el congreso a instancias de Santa Anna quien estaba fuera de la capital, y ni siquiera presidente nominal en ese momento
El presidente Nicolás Bravo, quien personalmente se opuso a la disolución del Congreso, pero finalmente estuvo de acuerdo.

Las Bases Orgánicas deben entenderse en el contexto de la lucha mexicana del siglo XIX entre los centralistas conservadores y los federalistas liberales . La primera constitución del México independiente promulgada en 1824 fue federalista. La inestabilidad política posterior condujo a una nueva constitución en 1834, las Siete Leyes ("Siete Leyes"), que marcó el fin de la Primera República Mexicana y el comienzo de la República Centralista de México .

La inestabilidad política que marcó la Primera República Mexicana continuó hasta bien entrada la era de la República Centralista. Hubo muchos intentos por parte de los estados de romper con el sistema centralista más autocrático, que culminaron con la secesión de Yucatán y Texas . También hubo muchas rebeliones a favor de restaurar el sistema federalista. En 1841 se estaba gestando un nuevo golpe de estado, con el objetivo de preservar el sistema centralista, pero bajo una nueva constitución.

Caída de la Administración Bustamante

El 8 de agosto de 1841 Mariano Paredes se levantó contra el gobierno de Anastasio Bustamante; cuando sus tropas insurgentes llegaron a la ciudad de Tacubaya en las afueras de la Ciudad de México, se les unieron las fuerzas de Santa Anna y Gabriel Valencia , quienes también conspiraban contra el gobierno de Bustamante. [1]

Después de no poder sofocar la insurgencia, Bustamante entregó oficialmente el poder mediante los Acuerdos de Estanzuela el 6 de octubre de 1841. Se formó una junta militar que redactó las Bases de Tacubaya , un plan que reestructuraría radicalmente el gobierno, excepto el poder judicial. También convocó a elecciones para un nuevo congreso constituyente destinado a redactar una nueva constitución. [2]

Congreso Federalista

El congreso constituyente instalado el 10 de junio de 1842 fue fuertemente federalista, en contra de los deseos de los organizadores de las Bases de Tacubaya , quienes eran fuertemente centralistas. Santa Anna comenzó a tramar la disolución del congreso y dejó a Nicolás Bravo a cargo de la presidencia el 26 de octubre de 1842. Bravo no estaba de acuerdo con los planes de Santa Anna; aunque era centralista, no deseaba anular los resultados de las elecciones. Sin embargo, José María Tornel , ministro de la Guerra, era el verdadero poder en la capital en esta época, siendo el favorito de Santa Anna [3]

Disolución centralista del Congreso

El presidente Bravo aseguró a una comisión enviada por el Congreso que aceptaría la nueva Constitución, y el Congreso continuó trabajando en su borrador hasta que sus trabajos fueron interrumpidos por un pronunciamiento instigado por Santa Anna a través de Tornel [4] el 11 de diciembre de 1842 en la localidad. de Huejotzingo , pidiendo la disolución del congreso, y exigiendo la instalación de un consejo de notables, élites que debían trabajar en la nueva constitución. El Ministro de Guerra Tornel estaba entre los conspiradores que promovían la revolución. A pesar de su renuencia anterior a ir contra el Congreso y de haberles asegurado su apoyo, en el momento decisivo Bravo se puso del lado de los insurrectos. El 19 de diciembre aprobó un decreto, firmado por los ministros Bocanegra, Vélez, Gorostiza y Tornel, para disolver el Congreso y un decreto que sería reemplazado por un Consejo de Notables. [5]

El consejo duró seis meses, tiempo durante el cual las Bases de Tacubaya tuvieron vigencia como constitución provisional. El ejecutivo seguiría funcionando como hasta ahora. Otro decreto del 23 de diciembre declaró que el Consejo de Notables se llamaría a sí mismo legislatura nacional, y finalmente se nombraron los ochenta hombres que lo integrarían. [ ¿por quién? ] [6]

Las Bases Orgánicas

Diagrama que ilustra el gobierno organizado por las Bases Orgánicas

Sufragio

Para poder votar, un ciudadano varón necesitaba un ingreso anual de doscientos pesos, lo que excluía a la mayoría de los trabajadores comunes del derecho al voto. [7] Cada departamento se dividió en distritos legislativos de quinientos habitantes cada uno en los que los electores calificados debían elegir primero una junta primaria. Luego, la junta primaria eligió un elector primario. Luego, los electores primarios votaron por los electores secundarios, de los cuales habría un elector secundario por cada veinte electores primarios. Los electores secundarios formaron el colegio electoral de cada departamento. Fue el colegio electoral el que luego eligió a los diputados al congreso y a los miembros de la asamblea departamental. [8]

Departamentos

Las Bases Orgánicas continuaron la práctica, establecida por primera vez en las Siete Leyes , de dividir la nación en unidades políticas ahora llamadas departamentos, en lugar de estados federales. [9] [10] Los gobernadores departamentales fueron nombrados por el presidente entre los candidatos presentados por las asambleas departamentales. Las asambleas departamentales fueron elegidas popularmente, pero estaban esencialmente limitadas a administrar poderes policiales y sujetas a la revisión de los gobernadores designados centralmente. [11]

Ejecutivo

El presidente sería elegido por las asambleas departamentales por un período de cinco años. Se le otorgaron importantes poderes de veto sobre el Congreso y, mediante poderes excepcionales, se le permitió aprobar legislación local que se aplicaba a los departamentos. [12]

Nombró a los diecisiete miembros de un consejo presidencial autorizado para proponer al gobierno cualquier reglamento que se considerara necesario para el bienestar público en cualquier rama de la administración. El presidente también nombró a los cuatro ministros integrados por Justicia, Finanzas, Guerra y Relaciones.

Legislatura

El poder legislativo recaía en un congreso bicameral compuesto por una cámara de diputados y un senado. [13] La cámara de diputados era elegida por los colegios electorales departamentales y debía estar compuesta por un diputado por cada setenta mil habitantes. [14] El Senado estaría compuesto por 63 miembros, de los cuales dos tercios serían elegidos por las asambleas departamentales entre la nobleza terrateniente, los propietarios de mineros, los comerciantes y los fabricantes. El tercio restante sería elegido por la Cámara de Diputados, el Presidente y el Tribunal Supremo entre personalidades distinguidas. [15]

Judicial

El poder judicial se ejercería a través de una Corte Suprema, con tribunales locales debajo de ella, y en un consejo de guerra perpetuo nombrado por el Presidente. [dieciséis]

Referencias

  1. ^ Sacerdote, José (1864). La Nación Mexicana: Una Historia . pag. 294.
  2. ^ Rivera Cambas, Manuel (1873). Los Gobernantes de México: Tomo II . JM Aguilar Cruz. pag. 287.
  3. ^ Bancroft, Hubert Howe (1879). Historia de México tomo V: 1824-1861 . pag. 254.
  4. ^ Cuevas, Mariano (1940). Historia de la Nación Mexicana . Talleres Tipográficos Modelo SA p. 596.
  5. ^ Rivera Cambas, Manuel (1873). Los Gobernantes de México: Tomo II . JM Aguilar Cruz. pag. 250.
  6. ^ Rivera Cambas, Manuel (1873). Los Gobernantes de México: Tomo II . JM Aguilar Cruz. pag. 250.
  7. ^ Sacerdote, José (1864). La Nación Mexicana: Una Historia . pag. 295.
  8. ^ Noll, Arthur Howard (1903). Del Imperio a la República . AC Mclurg & Compañía. pag. 143.
  9. ^ Sacerdote, José (1864). La Nación Mexicana: Una Historia . pag. 295.
  10. ^ Noll, Arthur Howard (1903). Del Imperio a la República . AC Mclurg & Compañía. pag. 140.
  11. ^ Noll, Arthur Howard (1903). Del Imperio a la República . AC Mclurg & Compañía. pag. 143.
  12. ^ Sacerdote, José (1864). La Nación Mexicana: Una Historia . págs. 295-296.
  13. ^ Noll, Arthur Howard (1903). Del Imperio a la República . AC Mclurg & Compañía. pag. 141.
  14. ^ Noll, Arthur Howard (1903). Del Imperio a la República . AC Mclurg & Compañía. pag. 141.
  15. ^ Noll, Arthur Howard (1903). Del Imperio a la República . AC Mclurg & Compañía. pag. 141.
  16. ^ Noll, Arthur Howard (1903). Del Imperio a la República . AC Mclurg & Compañía. págs. 142-143.

enlaces externos