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Antonio Sánchez de Bustamante y Sirven

Antonio Sánchez de Bustamante y Sirven (13 de abril de 1865 – 24 de agosto de 1951) fue un abogado, educador, político y jurista internacional cubano . Promovió la existencia de una regulación americana común para el derecho internacional privado . [3] Por ello, el sexto Congreso Panamericano se realizó en Cuba en 1928, en cuyo documento final se adjunta el Tratado de La Habana en el anexo del Código de Derecho Internacional Privado.

Fue designado en 1908 miembro de la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya y en 1921 juez de la Corte Permanente de Justicia Internacional creada por la Sociedad de Naciones . Fue también el primer presidente de la Academia Nacional de Artes y Letras de Cuba.

Vida y carrera

Vida temprana y educación

Antonio Sánchez de Bustamante nació en La Habana , Cuba , el 13 de abril de 1865. Bustamante se casó con Isabel Pulido Pages, hija de un destacado médico de La Habana, en 1885. Tuvieron tres hijos, Gustavo y Antonio Arturo Sánchez de Bustamante Pulido, ambos destacados abogados, y un tercer hijo, Darío, que murió siendo aún estudiante de derecho. Uno de los nietos de Bustamante, Antonio Sánchez de Bustamante Montoro, también fue abogado y profesor de Filosofía del Derecho en la Universidad de La Habana. El bufete de abogados de Bustamante estaba ubicado en la calle Aguacate #502 en La Habana Vieja desde 1884. Durante casi un siglo representó poderosos intereses comerciales en Cuba. Completó sus estudios elementales y secundarios en el Colegio de Belén de la Compañía de Jesús en La Habana, y en el Instituto Cardenal Cisneros en Madrid. Su padre, Juan Manuel Sánchez de Bustamante y García del Barrio, fue médico en La Habana y profesor de anatomía descriptiva en la Universidad de La Habana . Bustamante inició sus estudios de Derecho en la Universidad Central de Madrid mientras su padre ejercía como senador en las Cortes Españolas . Bustamante regresó a Cuba y completó su licenciatura en Derecho Civil y Canónico en la Universidad de La Habana en 1884. Un año después completó una tesis doctoral sobre la evolución histórica del Consejo de Estado en la Universidad de La Habana.

Profesor de derecho

Bustamante compitió y obtuvo la cátedra de Derecho Internacional Público y Privado de la Universidad de La Habana en 1891. Desempeñó esa cátedra hasta junio de 1951, confirmada por el Gobernador de Estados Unidos en 1899 y por la República de Cuba después de 1902.

Político

Bustamante sirvió en el Senado cubano representando en diferentes períodos a las provincias de Pinar del Río y La Habana desde 1902 hasta 1916. [4] Desde ese cargo, Bustamante presidió en varios períodos congresuales la Comisión de Justicia y Códigos del Senado, y fue miembro de la Comisión de Relaciones Exteriores. [4] Fue el autor de la primera ley cubana que reguló los procedimientos de revisión judicial constitucional aprobada por el Congreso en 1903 y vigente hasta 1949, con enmiendas en 1922 y 1935. Bustamante apoyó proyectos de ley progresistas de la época como el proyecto de ley de divorcio de 1914.

Líder de los abogados de La Habana

De 1913 a 1923, Bustamante fue decano del Colegio de Abogados de La Habana . Desde ese cargo organizó en diciembre de 1916 las primeras Jornadas Jurídicas Nacionales, destinadas a promover la revisión y actualización de todo el sistema jurídico, sustituyendo las leyes españolas por una legislación moderna que respondiera a la realidad cubana. [5]

Academias nacionales e internacionales

Bustamante fue el primer presidente de la Academia Nacional de Artes y Letras fundada por la República de Cuba en 1910. Fue también uno de los miembros fundadores de la Academia Cubana de la Lengua Española, de la que fue presidente desde 1942 hasta su muerte en 1951. Fue también fundador y presidente de la Asociación Cubana de Derecho Internacional, y fundador, vicepresidente y presidente de la Academia Internacional de Derecho Internacional y Comparado de La Haya.

Convención Constitucional de 1928

En 1928 presidió la Convención Constitucional que enmendó la Constitución de 1901 y permitió al presidente Gerardo Machado ejercer un segundo mandato sin elecciones. Aunque la oposición política a Machado y a la reforma constitucional de 1928 fue limitada antes de 1930, después de que Machado fuera derrocado en agosto de 1933, Bustamante fue sometido a un juicio político por un tribunal revolucionario organizado por estudiantes universitarios y despojado de su cátedra en la Facultad de Derecho de La Habana. En 1936 fue restituido en la misma.

Trabajo internacional

Fue la máxima autoridad cubana en derecho internacional hasta su muerte. [6] Bustamante participó como delegado cubano en la II Conferencia de Paz de La Haya en 1907, y un año después fue designado juez del Tribunal de Arbitraje de La Haya. En 1919, fue el representante diplomático cubano en la Conferencia de Paz de París. En 1921, fue elegido por la Sociedad de Naciones como juez de la Corte Permanente de Justicia Internacional, y reelegido en 1930 para un segundo mandato que debía haber expirado en 1942. Bustamante fue uno de los fundadores, vicepresidente y más tarde presidente de la Academia de Derecho Internacional y Comparado de La Haya en 1923. Fue autor del Código de Derecho Internacional Privado, Código Bustamante , aprobado por la mayoría de los estados latinoamericanos en la VI Conferencia Internacional de La Habana (1928), que presidió.

Por su código, el presidente Gerardo Machado le otorgó la Cruz de la Orden Nacional de Carlos Manuel de Céspedes, la más alta condecoración de la república cubana. Bustamante fue galardonado con doctorados honoris causa en La Sorbona, la Universidad de Columbia y la Universidad de San Marcos de Lima, entre otras. Bustamante presidió y participó en el II y III Congreso Internacional de Derecho Comparado celebrados en 1935 y 1937. Fue nominado en 1949 por Nefali Ponce, canciller de Ecuador , para el Premio Nobel de la Paz .

Notas

  1. ^ Madera 1903, pág. 70.
  2. ^ Keltie 1909, pág. 1326.
  3. ^ Schoenrich, Otto (1951). "Dr. Antonio Sánchez de Bustamante". Revista Estadounidense de Derecho Internacional . 45 (4): 746–749. doi :10.1017/S0002930000090187. ISSN  0002-9300.
  4. ^Ab Shabas 2017, pág. 189.
  5. ^ Kadner 1999, pág. 32.
  6. ^ Bernard 1931, págs. 339–340.

Bibliografía