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Abogado de registro

En particular, en el uso que se hace en los Estados Unidos , un abogado de oficio es cualquier abogado reconocido por un tribunal como representante (y, por lo tanto, responsable) de una de las partes en un proceso judicial que se lleva a cabo ante él. Siempre que esté calificado para comparecer ante el tribunal en cuestión, un abogado puede convertirse en abogado de oficio de una de las partes ya sea notificando al tribunal la relación abogado-cliente o siendo designado o nombrado por el tribunal.

El abogado de oficio es el abogado que comparece formalmente ante el tribunal, ya sea en persona o mediante documentos firmados, en nombre de una de las partes. [1] Sin embargo, la condición también es un mecanismo de aplicación de las normas aplicables de ética jurídica y responsabilidad profesional de una jurisdicción (por ejemplo, las Normas Modelo de Conducta Profesional de la Asociación Estadounidense de Abogados ). Una vez que un abogado es reconocido como abogado de oficio, tiene la responsabilidad de seguir representando a la parte en los procedimientos hasta que finalice el caso o hasta que el tribunal le conceda permiso para retirarse. [2]

La regla 5(b) de las Reglas Federales de Procedimiento Civil establece que, si una parte está representada por un abogado, la notificación de la acción legal en la mayoría de los casos debe hacerse al abogado, a menos que el tribunal ordene la notificación a la parte. [3] El caso de Guam Economic Development Authority v. Ulloa confirmó que la notificación a un abogado registrado es un medio "adecuado" de notificar al cliente del abogado. [4]

Referencias

  1. ^ Ver la definición de Law.com: "un abogado que ha comparecido ante el tribunal y/o ha firmado alegatos u otros formularios en nombre de un cliente".
  2. ^ Véase, por ejemplo, la Ley y normas de práctica civil de Nueva York (CPLR) 321(b)(2)
  3. ^ Instituto de Información Legal, Regla 5. Presentación y presentación de alegatos y otros documentos, consultado el 18 de diciembre de 2020
  4. ^ Guam Economic Development Authority v. Ulloa, Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito, publicado el 14 de marzo de 1988, consultado el 18 de diciembre de 2020