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Título 35 del Código de los Estados Unidos

El Título 35 del Código de los Estados Unidos es un título del Código de los Estados Unidos relativo a la ley de patentes . Las secciones del Título 35 rigen todos los aspectos de la ley de patentes en los Estados Unidos. Actualmente, el Título 35 consta de 37 capítulos, que incluyen 376 secciones (149 de las cuales se utilizan).

Las formas de propiedad intelectual reconocidas a nivel federal se encuentran dispersas en todo el Código de los Estados Unidos. Los derechos de autor están contemplados en el Título 17. La legislación sobre marcas comerciales y competencia desleal se define en el Capítulo 22 del Título 15. [1] La legislación sobre secretos comerciales , otra forma de propiedad intelectual, se define en el Título 18. [ 2]

El Título 35 tiene cuatro partes, que se explican con más detalle más adelante en el artículo: [3]

Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos

Las secciones 1 a 42 establecen la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos (USPTO, por sus siglas en inglés). La USPTO es responsable de otorgar y emitir patentes y registrar marcas. [4]

Patentabilidad

Para que una invención sea patentable, debe cumplir varios requisitos: debe estar relacionada con una materia patentable [5] , debe ser novedosa y la solicitud de patente sobre la invención debe presentarse en el momento oportuno [6] , debe ser notoria [7] y, por último, debe estar suficientemente documentada [8] .

Artículo 101 - Invenciones patentables

Quien invente o descubra cualquier procedimiento, máquina, manufactura o composición de materia nueva y útil, o cualquier mejora nueva y útil de los mismos, podrá obtener una patente para ello, sujeto a las condiciones y requisitos de este título. [5]

Esto puede parecer expansivo, pero hay límites a la sección 101 como se describe en el Manual de Procedimiento de Examen de Patentes . [9] Las invenciones/descubrimientos solo se pueden patentar una vez, es decir, se prohíbe el doble patentamiento. [9] Solo el inventor puede figurar como solicitante de una patente. [9] La invención debe tener un uso o utilidad que "sea específico, sustancial y creíble". [9] También hay limitaciones sobre la materia que se puede patentar, debe caer en las cuatro categorías de la sección 101: proceso, máquina, fabricación o composición de materia, y en segundo lugar, "debe calificar como materia elegible para patente". [9] [10] La idea de "materia elegible para patente" es evitar que se patenten ideas abstractas, leyes científicas y fenómenos naturales, es decir, compuestos químicos. [10] El alcance de las invenciones patentables fue limitado aún más por la Ley de Energía Atómica , y por lo tanto "No se concederá en adelante ninguna patente para ninguna invención o descubrimiento que sea útil únicamente en la utilización de material nuclear especial o energía atómica en un arma atómica". [9] [11]

Artículo 102 - Condiciones para la patentabilidad

La sección 102 describe algunas de las condiciones en las que no se debe conceder una patente a un inventor basándose en el concepto de novedad . [6] Estas condiciones generalmente se relacionan con cuando una invención ya es conocida públicamente. Cada subsección de la sección 102 describe un tipo diferente de técnica anterior que puede usarse como evidencia de que una invención ya es pública. Esto incluye invenciones que ya han sido descritas en otras solicitudes de patente o publicaciones. También incluye invenciones que han estado a la venta durante más de un año antes de que se presentara una solicitud de patente. Netscape Commc'ns Corp. v. Konrad es un ejemplo de un caso que se centra en el uso público y los criterios de venta de esta sección.

Esta sección del código estadounidense se vio afectada por la Ley de Invenciones Estadounidenses (AIA). La parte más importante de la sección 102 ahora dice lo siguiente: [6]

(a) NOVEDAD; ESTADO DE LA TÉCNICA.—Una persona tendrá derecho a una patente a menos que:

(1) la invención reclamada fue patentada, descrita en una publicación impresa o en uso público, en venta o de otro modo disponible al público antes de la fecha de presentación efectiva de la invención reclamada; o
(2) la invención reclamada fue descrita en una patente emitida bajo la sección 151, o en una solicitud de patente publicada o considerada publicada bajo la sección 122(b), en la que la patente o solicitud, según sea el caso, nombra a otro inventor y fue efectivamente presentada antes de la fecha de presentación efectiva de la invención reclamada.

Antes de la AIA, el artículo 102 decía lo siguiente: [12]

Una persona tendrá derecho a una patente a menos que:

(a) la invención era conocida o utilizada por otros en este país, o patentada o descrita en una publicación impresa en este país o en un país extranjero, antes de su invención por el solicitante de la patente, o
(b) la invención fue patentada o descrita en una publicación impresa en este país o en un país extranjero o en uso público o en venta en este país, más de un año antes de la fecha de la solicitud de patente en los Estados Unidos, o
(c) ha abandonado la invención, o
(d) la invención fue patentada por primera vez o se hizo patentar, o fue objeto de un certificado de inventor, por el solicitante o sus representantes legales o cesionarios en un país extranjero antes de la fecha de la solicitud de patente en este país en una solicitud de patente o certificado de inventor presentada más de doce meses antes de la presentación de la solicitud en los Estados Unidos, o
(e) la invención fue descrita en - (1) una solicitud de patente, publicada bajo la sección 122(b), por otra persona presentada en los Estados Unidos antes de la invención por el solicitante de la patente o (2) una patente otorgada sobre una solicitud de patente por otra persona presentada en los Estados Unidos antes de la invención por el solicitante de la patente, excepto que una solicitud internacional presentada bajo el tratado definido en la sección 351(a) tendrá los efectos para los fines de esta subsección de una solicitud presentada en los Estados Unidos solamente si la solicitud internacional designó a los Estados Unidos y fue publicada bajo el Artículo 21(2) de dicho tratado en el idioma inglés; o
f) no haya inventado él mismo la materia cuya patente se pretende patentar, o
(g)(1) durante el curso de una intervención realizada conforme a la sección 135 o la sección 291, otro inventor involucrado en la misma establece, en la medida permitida por la sección 104, que antes de que dicha persona la invención de la misma fuera realizada por dicho otro inventor y no abandonada, suprimida u ocultada, o (2) antes de que dicha persona la invención de la misma fuera realizada en este país por otro inventor que no la había abandonado, suprimido u ocultado. Al determinar la prioridad de la invención conforme a esta subsección, se considerarán no sólo las respectivas fechas de concepción y puesta en práctica de la invención, sino también la diligencia razonable de quien fue el primero en concebir y el último en poner en práctica la invención, desde un momento anterior a la concepción por el otro.

Las secciones 102(a), (b) y (e) son las consideraciones más importantes a la hora de determinar la materia patentable durante el trámite de patentes.

Artículo 103

El artículo 35 USC § 103 describe la condición de patentabilidad denominada no obviedad . Establece que una invención patentable no debe haber sido obvia para una " persona con conocimientos ordinarios en la materia " (PHOSITA) en vista del estado de la técnica correspondiente. La decisión judicial más importante en la interpretación del artículo 35 USC 103 es Graham v. John Deere Co. Y más recientemente KSR v. Teleflex en la que la Corte Suprema de los Estados Unidos reafirmó el caso Graham v. Deere y se alejó de la dependencia de la prueba TSM .

El artículo 103, posterior a la AIA, dice lo siguiente:

No se podrá obtener una patente para una invención reivindicada, a pesar de que la invención reivindicada no esté divulgada de manera idéntica según lo establecido en el artículo 102, si las diferencias entre la invención reivindicada y la técnica anterior son tales que la invención reivindicada en su conjunto habría sido obvia antes de la fecha efectiva de presentación de la invención reivindicada para una persona con conocimientos ordinarios en la técnica a la que pertenece la invención reivindicada. La patentabilidad no se verá negada por la manera en que se realizó la invención.

La sección más importante de la sección 103 anterior a la AIA es la 103(a):

35 USC 103 Condiciones de patentabilidad; materia no obvia.

(a) No se podrá obtener una patente aunque la invención no esté divulgada o descrita de manera idéntica a la establecida en la sección 102 de este título, si las diferencias entre la materia que se pretende patentar y la técnica anterior son tales que la materia en su conjunto hubiera sido obvia en el momento en que se realizó la invención para una persona con conocimientos ordinarios en la técnica a la que pertenece dicha materia. La patentabilidad no se verá negada por la manera en que se realizó la invención.

El texto completo de esta sección del estatuto se puede encontrar en la USPTO.

Artículo 112

El 35 USC § 112 dicta la forma y el contenido de la especificación y la forma y el contenido de las reivindicaciones de la solicitud de patente. El primer párrafo introduce tres conceptos legales: el requisito de descripción escrita , el requisito de habilitación y el requisito de mejor modo . El segundo párrafo limita la posibilidad de que las reivindicaciones sean demasiado abiertas o poco claras.

El artículo 112 posterior a la AIA dice lo siguiente:

35 USC 112 Especificación.

(a) EN GENERAL.—La especificación deberá contener una descripción escrita de la invención, y de la manera y proceso de hacerla y usarla, en términos tan completos, claros, concisos y exactos como para permitir que cualquier persona experta en la técnica a la que pertenece, o con la que está más estrechamente relacionada, haga la misma y la use, y deberá establecer el mejor modo contemplado por el inventor o coinventor de llevar a cabo la invención.
(b) CONCLUSIÓN.—La especificación deberá concluir con una o más reivindicaciones que señalen particularmente y reclamen claramente el objeto que el inventor o un coinventor considera como la invención.
(c) FORMA.—Una reivindicación puede estar escrita en forma independiente o, si la naturaleza del caso lo admite, en forma dependiente o dependiente múltiple.
(d) REFERENCIA EN FORMAS DEPENDIENTES.—Sujeta a la subsección (e), una reivindicación en forma dependiente deberá contener una referencia a una reivindicación previamente establecida y luego especificar una limitación adicional del objeto reivindicado. (e) REFERENCIA EN FORMA DE DEPENDENCIA MÚLTIPLE.—Una reivindicación en forma de dependencia múltiple contendrá una referencia, sólo como alternativa, a más de una reivindicación previamente establecida y luego especificará una limitación adicional del objeto reclamado. Una reivindicación de dependencia
múltiple no servirá como base para ninguna otra reivindicación de dependencia múltiple. Una reivindicación de dependencia múltiple se interpretará de manera que incorpore por referencia todas las limitaciones de la reivindicación particular en relación con la cual se está considerando.
(f) ELEMENTO EN UNA RECLAMACIÓN PARA UNA COMBINACIÓN.—Un elemento en una reivindicación para una combinación puede expresarse como un medio o paso para realizar una función específica sin la descripción de la estructura, el material o los actos en apoyo de la misma, y ​​dicha reivindicación se interpretará de manera que cubra la estructura, el material o los actos correspondientes descritos en la especificación y sus equivalentes.

La versión del artículo 112 anterior a la AIA no es sustancialmente diferente de ésta. [13]

Esquema del título 35

Título 35

Parte I — Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos

Parte I

Parte II — Patentabilidad de las invenciones y concesión de patentes

Parte II

Parte III — Patentes y protección de los derechos de patente

Parte III

Parte IV — Tratado de cooperación en materia de patentes

Parte IV

Parte V — El Arreglo de La Haya Relativo al Registro Internacional de Dibujos y Modelos Industriales

Parte V

Referencias

  1. ^ Título 15 del Código de los Estados Unidos  , artículos 1051-1141n
  2. ^ Título 18 del Código de los Estados Unidos  , artículo 1839
  3. ^ "Código de los Estados Unidos: Título 35. PATENTES". LII / Instituto de Información Legal . Consultado el 9 de diciembre de 2021 .
  4. ^ Título 35 del Código de los Estados Unidos, §§ 1–42
  5. ^ desde 35 USC § 101
  6. ^ abc 35 USC § 102
  7. ^ Título 35 del Código de los Estados Unidos, artículo 103
  8. ^ Título 35 del Código de los Estados Unidos, artículo 112
  9. ^ abcdef "2104 Requisitos de 35 USC 101 [R-10.2019]". Manual de procedimientos de examen de patentes. Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos. 2020.
  10. ^ ab "2106 Elegibilidad de materia de patente [R-10.2019]". Manual de procedimientos de examen de patentes. Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos. 2020.
  11. ^ Título 42 del Código  de los Estados Unidos, artículo 2181
  12. ^ "1504.02 Novedad [R-08.2017]". Manual de procedimientos de examen de patentes. Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos. 2020.
  13. ^ "MPEP". Mpep.uspto.gov . Consultado el 1 de mayo de 2022 .

Enlaces externos

Obras relacionadas con el Código de los Estados Unidos/Título 35 en Wikisource