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Directiva sobre productos del tabaco

La Directiva sobre productos del tabaco (DPT) o Directiva europea sobre productos del tabaco (DPEUT) (2014/40/UE) es una directiva de la Unión Europea que establece límites a la venta y comercialización de tabaco y productos relacionados con el tabaco en la UE. La DPT tiene por objeto mejorar el funcionamiento del mercado interior del tabaco y los productos relacionados, garantizando al mismo tiempo un alto nivel de protección de la salud de los ciudadanos europeos. Basada en la propuesta de la Comisión Europea, la Directiva entró en vigor el 19 de mayo de 2014 y se hizo aplicable en los Estados miembros de la UE el 20 de mayo de 2016.

La presente Directiva se aplica a la fabricación, presentación y venta de productos relacionados con el tabaco, incluidos los cigarrillos, el tabaco para liar, el tabaco de pipa , los puros, los cigarrillos pequeños , el tabaco sin humo , los cigarrillos electrónicos y los productos a base de hierbas para fumar. Para abordar esta situación, la Unión Europea y sus Estados miembros han adoptado diversas medidas de control del tabaco en forma de legislación, recomendaciones y campañas de información, con el objetivo de mejorar el funcionamiento del mercado interior del tabaco y los productos relacionados. Las siguientes normas regulan los aspectos de las ventas de tabaco y exigen que la industria tabacalera presente a los Estados miembros informes detallados con los ingredientes utilizados en los productos del tabaco (incluidas las advertencias sanitarias que aparecen en los paquetes de tabaco y productos relacionados). Las advertencias sanitarias deben indicarse con precisión en el 65% del embalaje del producto. Esto implica la parte delantera y trasera de los paquetes de cigarrillos y tabaco para liar y los pequeños envases para determinados productos del tabaco. Esta Directiva prohíbe todos los sectores promocionales o engañosos sobre los productos del tabaco, al tiempo que introduce un seguimiento y rastreo en toda la UE para prevenir el comercio ilegal de productos del tabaco; permitiendo a los Estados miembros prohibir las ventas por Internet de productos relacionados con el tabaco. Establece los requisitos de seguridad y calidad para los consumidores de cigarrillos electrónicos y obliga a los fabricantes a solicitar productos de tabaco originales antes de colocarlos en el mercado de la UE. A modo de resumen, las políticas de la Directiva sobre productos de tabaco son: la regulación de los productos de tabaco en el mercado de la UE (por ejemplo, empaquetado, etiquetado e ingredientes), las restricciones publicitarias para los productos de tabaco, la creación de entornos libres de humo, medidas fiscales y actividades contra el comercio ilegal y la adquisición de campañas antitabaco.

Nuevos requisitos

La promulgación e implementación de la nueva directiva trabajará para restringir la capacidad de los tanques de recarga de cigarrillos electrónicos a no más de 2 ml y un volumen máximo de e-líquidos que contienen nicotina para la venta por contenedor de recarga a 10 ml. La concentración de nicotina de los e-líquidos a no más de 20 mg/ml y requiere que los productos que contienen nicotina y su empaque sean a prueba de manipulaciones y resistentes a la manipulación infantil. La nueva regulación prohíbe el uso de ciertos ingredientes que incluyen taurina, colorantes y cafeína, el uso obligatorio de nuevas etiquetas y señales de advertencia sanitaria en el empaque. Las nuevas regulaciones requieren que la venta de todos los e-líquidos y cigarrillos electrónicos se realice después de notificar a la Agencia Reguladora de Medicamentos y Productos Sanitarios (MHRA) para el caso del Reino Unido (UK). La TPD se implementó en el Reino Unido a través de la ley de Regulaciones de Tabaco y Productos Relacionados de 2016 que también definió a los productores de cigarrillos electrónicos. La definición describe a los productores de cigarrillos electrónicos como cualquier entidad que fabrique, importe o cambie la marca de cualquier producto relacionado con el tabaco para su reventa. De acuerdo con las nuevas regulaciones, los productores deben proporcionar a las autoridades pertinentes toda la información pertinente sobre sus productos a la MHRA.

Aplicación y cooperación

La nueva directiva era consciente de que su éxito dependía de la cooperación de todos los Estados miembros que participaban en su aplicación en sus diversas jurisdicciones y en lo que respecta a sus disposiciones y leyes internas. Todos los Estados miembros debían garantizar que todos los productores e importadores de tabaco y sus productos afines proporcionaran información correcta a las autoridades pertinentes en los plazos previstos. La obligación de proporcionar dicha información recaía principalmente en los fabricantes e importadores de todo el tabaco y sus productos afines a las autoridades pertinentes. Los Estados miembros debían garantizar que el tabaco y sus productos afines cumplieran las nuevas directivas, y en caso de incumplimiento las autoridades pertinentes estaban facultadas para adoptar las medidas adecuadas para impedir su entrada en el mercado. La nueva directiva establecía que era responsabilidad de los Estados miembros formular y aplicar sanciones adecuadas por la infracción de las disposiciones nacionales y de la UE y su aplicación. Se impondrían sanciones económicas por la infracción intencionada destinada a obtener una ventaja económica para la entidad implicada. La Directiva exige que todos los Estados miembros cooperen entre sí para promover la correcta aplicación y cumplimiento de todas las disposiciones de la Directiva de una manera caracterizada por el intercambio de información necesaria para su implementación uniforme.

Respuesta de la industria

La respuesta inicial de los fabricantes de líquidos electrónicos a la directiva fue invertir mucho en las pruebas de su gama de productos para lograr el cumplimiento de la directiva. Esto resultó costoso debido a:

  1. La demanda de pruebas aumentó significativamente en el período previo a la fecha de implementación, lo que generó una inflación de costos para las pruebas de cumplimiento básicas de los líquidos electrónicos, ya que la oferta de laboratorios era limitada y no era preventiva para el mercado de los cigarrillos electrónicos.
  2. La directiva exigía que cada variante del e-líquido que contenía nicotina también se sometiera a pruebas de conformidad. Por ejemplo, si el e-líquido en cuestión iba a estar disponible en 20 mg y 10 mg, se tendrían que realizar dos pruebas de conformidad para cada concentración de nicotina en particular. Si también hubiera variantes sin nicotina, como en la proporción de glicerol vegetal y propilenglicol, habría que realizar más pruebas para cada proporción adicional con cada concentración de nicotina correspondiente.

Además del precio ya inflado de las pruebas debido al aumento repentino de la demanda, las pruebas de cumplimiento de lotes resultaron costosas y la industria buscó lograr el cumplimiento por otra ruta menos costosa.

En 2014, Ernst & Young informó que más del 73% del mercado de consumo utilizaba líquidos electrónicos con una concentración de nicotina de entre 1 y 11 mg. [1] Con esta amplia tendencia de los consumidores hacia líquidos electrónicos con una concentración de nicotina más baja, y como la directiva solo se ocupa de los líquidos electrónicos que contienen nicotina en lugar de los aromatizantes y otros ingredientes, quedó claro que la dilución de una pequeña cantidad de nicotina altamente concentrada que solo tendría que probarse una vez con la concentración máxima de nicotina era una ruta viable y más rentable para el cumplimiento de la directiva.

En esencia, la dilución implicaba la creación de un e-líquido sin sabor que contenía nicotina con una concentración máxima o cercana a la máxima de nicotina, como 20 mg, en un tamaño de botella de capacidad máxima de 10 ml para mezclarlo con una botella más grande de e-líquido con sabor de 0 mg para crear una concentración general de e-líquido que estuviera alineada con la concentración de nicotina más utilizada. Por ejemplo, al mezclar 10 ml de 18 mg de nicotina con una botella de 50 ml que contiene los aromatizantes pertinentes, un usuario puede lograr 60 ml de e-líquido con una concentración general de nicotina de 3 mg. [2]

Estas pequeñas botellas de nicotina de 10 ml que contienen nicotina altamente concentrada se conocen como "shots de nicotina" y el mercado se ha adaptado para reconocer ahora este método como la norma.

Véase también

Referencias

  1. ^ "Cigarrillos electrónicos: una categoría emergente" (PDF) . Ernst & Young. p. 10 . Consultado el 1 de mayo de 2016 .
  2. ^ "Calculadora de dosis de nicotina". IndeJuice Limited . Consultado el 12 de febrero de 2016 .
  3. ^ Novotny, TE; Lum, K.; Smith, E.; Wang, V.; Barnes, R. (2009). "Colillas de cigarrillos y el caso de una política ambiental sobre residuos de cigarrillos peligrosos". Revista internacional de investigación ambiental y salud pública . 6 (5): 1691–1705. doi : 10.3390/ijerph6051691 . PMC 2697937 . PMID  19543415. 
  4. ^ Las colillas de cigarrillos son contaminación plástica tóxica. ¿Deberían prohibirse?

http://ec.europa.eu/health/tobacco/products/revision_en http://ec.europa.eu/health/tobacco/products_en https://eliquidsnow.co.uk/pages/what-is-tpd- e-líquidos

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