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Federalista No. 41

Federalist No. 41 , titulado " General View of the Powers Conferred by the Constitution ", es un ensayo escrito por James Madison como el cuadragésimo primero de The Federalist Papers . Estos ensayos fueron publicados por Alexander Hamilton , con John Jay y James Madison como coautores, bajo el seudónimo "Publius". El No. 41 fue publicado por primera vez por The New York Packet el 19 de enero de 1788 y discute sobre la necesidad de los poderes que la Constitución confirió al gobierno general, así como el significado de la frase "bienestar general". [1]

Fondo

El 17 de septiembre de 1787, la Constitución quedó terminada y necesitaba la ratificación de los estados. Poco después, los antifederalistas comenzaron a publicar documentos en los que se argumentaba en contra de la Constitución, lo que motivó a Alexander Hamilton, John Jay y James Madison a responder con los Documentos Federalistas. [2]

Muchos antifederalistas creían que el poder del gobierno para recaudar ingresos no debía limitarse únicamente a los impuestos externos. En ensayos anteriores, Publio ya había demostrado que "los amplios poderes del gobierno nacional eran medios necesarios para alcanzar un fin necesario". Sin embargo, los críticos seguían argumentando que esos amplios poderes eran demasiado amplios, innecesarios y fáciles de abusar.

Los Federalistas n.° 41 a n.° 46 examinan los poderes otorgados al gobierno general y abordan las preocupaciones sobre las divisiones de poderes planteadas en el Federalista n . ° 37. [3]

Los argumentos de Madison

Argumentos contra poderes innecesarios

En El Federalista 41, Madison repite el argumento de Hamilton de que el país estaba situado de tal manera que no sería necesario un gran ejército permanente, una institución siempre peligrosa para las libertades populares, de modo que la nación no se vería "aplastada entre ejércitos permanentes e impuestos perpetuos... El poder de regular y convocar a la milicia ya ha sido suficientemente reivindicado y explicado". [4]

Comienza la carta abordando los dos puntos de vista generales a la hora de considerar cómo asignar poderes al gobierno: el primero es la "...suma o cantidad de poder" que la Constitución le ha dado, y el segundo es la estructura del gobierno y cómo se dividen los poderes otorgados entre sus múltiples ramas. Se centra en la primera cuestión y la amplía planteando otras preguntas:

Madison responde afirmando: sí, estos poderes son inevitablemente explotables, sin embargo, son un "medio necesario para alcanzar un fin necesario". La Constitución se defiende además afirmando que toda forma de gobierno es imperfecta y corruptible; la carta afirma que "un poder para promover la felicidad pública implica una discreción que puede ser mal aplicada y abusada". Sin embargo, también afirma que antes de otorgar un poder particular al gobierno, los legisladores deben considerar primero si el poder es necesario o no y deben protegerse contra la posible perversión de ese poder y su eventual mal uso contra el público; es por eso que la Constitución implica muchos controles y contrapesos para evitar que suceda tal evento. [4]

Comparación con naciones extranjeras

La carta revisa las seis clasificaciones de poder que da la Constitución:

  1. Seguridad contra peligros externos
  2. Regulación de las relaciones con los países extranjeros
  3. Mantenimiento de la armonía y las relaciones adecuadas entre los Estados
  4. Ciertos objetos diversos de utilidad general
  5. Restricción de los Estados respecto de ciertos actos lesivos
  6. Disposiciones para dar la debida eficacia a todos estos poderes.

Esta primera clasificación de poderes incluye la capacidad de declarar la guerra, financiar y mantener ejércitos y flotas, formar una milicia y pedir dinero prestado. Madison sostiene que todos estos poderes son necesarios, no solo para la guerra, sino también para la autodefensa. Madison amplía el argumento con una comparación con los países europeos del siglo XV: Carlos VII de Francia mantuvo un ejército permanente durante tiempos de paz y, si el resto de Europa no hubiera seguido su ejemplo, entonces todo el continente europeo estaría ahora bajo el gobierno de una sola persona. [4]

En la carta se hace una comparación entre Europa y Estados Unidos, donde Madison afirma que una Europa desunida no es tan volátil en comparación con unos Estados Unidos desunidos. Sostiene que los problemas de Estados Unidos serían principalmente internos (entre los estados), a diferencia de los problemas de Europa, que surgen de naciones rivales en torno a sus fronteras. Madison luego contrasta la Constitución estadounidense con la Constitución de Gran Bretaña, afirmando que el gobierno británico podría potencialmente corromperse tanto que el cuerpo representativo relativamente pequeño, elegido por un pequeño porcentaje de la población, tendría el poder de mantener indefinidamente un ejército, a diferencia de la estricta regla de la Constitución estadounidense de una votación cada dos años. [4]

Análisis y reacción modernos

En el artículo de Anthony M. Bertelli "Federalist No. 41: Does Polarization Inhibit Coordination?", sostiene que todos los límites que la Constitución impone al gobierno impiden que los diferentes poderes trabajen juntos. Afirma que la Constitución no incentiva la coordinación entre los poderes del gobierno o los partidos políticos y que eso mantiene bajo control al país. En su afán por evitar la tiranía en su país, los padres fundadores hicieron que fuera difícil que el gobierno trabajara en conjunto por el bien del pueblo. [5]

Referencias

  1. ^ Madison sobre el significado del “bienestar general”, el “propósito” de los poderes enumerados y la “definición” del gobierno constitucional, Oxford University Press
  2. ^ Meyerson, Michael (2009). El plan de la libertad: cómo Madison y Hamilton escribieron los Documentos Federalistas, definieron la Constitución e hicieron realidad la democracia . Basic Books. ISBN 9780786747887.
  3. ^ Leibiger, Stuart (2012). Compañeros de Wiley Blackwell para la historia estadounidense: Compañero de James Madison y James Monroe (1) . Wiley-Blackwell. ISBN 9781118281420.
  4. ^ abcdef "El Proyecto Avalon: Federalista N.º 41". avalon.law.yale.edu . Consultado el 21 de octubre de 2016 .
  5. ^ Bertelli, Anthony (2011). "Federalist No. 41: ¿La polarización inhibe la coordinación?". Public Administration Review . 71 : s62–s67. doi :10.1111/j.1540-6210.2011.02463.x. ISSN  0033-3352.

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