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Elección de jueces de la Corte Internacional de Justicia de 2020

Las elecciones de 2020 para la Corte Internacional de Justicia se celebraron los días 11 y 12 de noviembre de 2020 en la Sede de las Naciones Unidas en la ciudad de Nueva York . En el conjunto de elecciones trienales, la Asamblea General y el Consejo de Seguridad eligen simultáneamente a cinco magistrados de la Corte por un período de nueve años, que en este caso comienza el 6 de febrero de 2021. De los ocho candidatos, Yuji Iwasawa (Japón), Xue Hanqin (China), Peter Tomka (Eslovaquia), Julia Sebutinde (Uganda) y Georg Nolte (Alemania) han sido elegidos miembros de la Corte Internacional de Justicia por un período de nueve años, ya que tanto el Consejo de Seguridad como la Asamblea General han acordado los mismos candidatos. [1] [2]

Fondo

La Corte Internacional de Justicia (CIJ), con sede en La Haya , es uno de los principales órganos de las Naciones Unidas. La corte está compuesta por 15 jueces, de los cuales cinco son elegidos cada tres años. En caso de fallecimiento o de vacante, se elige a un juez por el resto del mandato. Los jueces deben ser independientes e imparciales; no pueden ejercer ninguna función política o administrativa y no actúan como representantes de su Estado de origen. Las elecciones de los miembros de la Corte se rigen por los artículos 2 a 15 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia .

Antes de la elección, la composición de la Corte era la siguiente:

En las elecciones de 2020 se disputaron los escaños de los jueces Tomka, Xue, Sebutinde, Gaja e Iwasawa. Todos ellos, excepto el juez Gaja, fueron nominados para la reelección.

Candidatos

Cualificaciones

El artículo 2 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia dispone que los jueces serán elegidos "entre personas de alto carácter moral, que reúnan las condiciones requeridas en sus respectivos países para el ejercicio de las más altas funciones judiciales, o sean jurisconsultos de reconocida competencia en derecho internacional".

Procedimiento de nominación

Todos los Estados partes en el Estatuto de la CIJ tienen derecho a proponer candidatos. Las nominaciones de candidatos para la elección de la CIJ son realizadas por un grupo integrado por los miembros de la Corte Permanente de Arbitraje (CPA), designados por ese Estado. [4] Para este fin, los miembros de la CPA actúan en "grupos nacionales" (es decir, todos los miembros de la CPA de cualquier estado individual). (En el caso de los estados miembros de la ONU no representados en la CPA, el estado en cuestión puede seleccionar hasta cuatro personas para que constituyan su "grupo nacional" con el fin de nominar candidatos a la CIJ). Cada uno de esos "grupos nacionales" puede nominar hasta cuatro candidatos, de los cuales no más de dos deberán ser de su propia nacionalidad. Antes de hacer estas nominaciones, se recomienda a cada "grupo nacional" que consulte a su tribunal de justicia más alto, sus facultades jurídicas y escuelas de derecho, y sus academias nacionales y secciones nacionales de academias internacionales dedicadas al estudio del derecho. [4]

Nominados 2020

El 5 de febrero de 2020, el Secretario General Adjunto de Asuntos Jurídicos y Asesor Jurídico de las Naciones Unidas , en nombre del Secretario General , solicitó que los grupos nacionales de los Estados partes en el Estatuto de la Corte presentaran candidaturas al Secretario General a más tardar el 24 de junio de 2020, de conformidad con el artículo 5, párrafo 1, del Estatuto de la Corte. [5]

Después de la fecha límite establecida para la presentación de candidaturas, el 24 de junio de 2020, un grupo nacional presentó una candidatura a la Secretaría. Ocho candidatos se presentaron a las cinco plazas. Los candidatos nominados para la elección de 2020 (agrupados según la distribución informal de escaños entre los grupos regionales de las Naciones Unidas ) fueron los siguientes: [6]

Procedimiento

Los magistrados de la CIJ son elegidos mediante procedimientos paralelos en la Asamblea General y el Consejo de Seguridad . Para ser elegido, un candidato debe obtener una mayoría absoluta de votos tanto en la Asamblea General como en el Consejo de Seguridad.

Cada uno de los dos órganos, independientemente del otro, debe designar a cinco personas que cuenten con el apoyo de la mayoría absoluta de sus miembros. Actualmente, 97 votos constituyen una mayoría absoluta en la Asamblea General y 8 votos constituyen una mayoría absoluta en el Consejo de Seguridad (sin que se haga distinción entre miembros permanentes y no permanentes del Consejo de Seguridad).

Si en la primera vuelta de votación menos de cinco candidatos obtienen la mayoría absoluta de votos, se celebrarán otras vueltas durante la misma sesión, en las que participarán sólo los candidatos que no hayan obtenido la mayoría absoluta de votos. Si en la primera vuelta de votación más de cinco candidatos obtienen la mayoría absoluta de votos, se celebrarán otras vueltas durante la misma sesión, en las que participarán todos los candidatos, hasta que el número de candidatos que obtengan la mayoría absoluta de votos sea de cinco o menos.

Cuando cinco candidatos hayan obtenido la mayoría necesaria en uno de los órganos, el presidente de ese órgano notificará al presidente del otro órgano los nombres de los cinco candidatos. El presidente de este último no comunicará dichos nombres a los miembros de ese órgano hasta que éste haya otorgado a los cinco candidatos la mayoría necesaria de votos.

Una vez que la Asamblea General y el Consejo de Seguridad han preparado una lista de cinco nombres que hayan obtenido la mayoría absoluta de los votos, se comparan las dos listas y se elige a cualquier candidato que figure en ambas. Pero si se han elegido menos de cinco candidatos, los dos órganos proceden, también independientemente uno del otro, en una segunda reunión y, de ser necesario, en una tercera reunión, a elegir candidatos mediante nuevas votaciones para los puestos que queden vacantes; los resultados se comparan de nuevo una vez que el número requerido de candidatos haya obtenido la mayoría absoluta en cada órgano.

Según el Estatuto de la CIJ, si después de la tercera reunión aún quedan uno o más puestos vacantes, la Asamblea General y el Consejo de Seguridad pueden formar una conferencia conjunta integrada por seis miembros, tres de ellos designados por cada órgano. Esta conferencia conjunta puede, por mayoría absoluta, acordar un nombre para cada puesto vacante y presentarlo para su respectiva aceptación por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad. Si la conferencia conjunta es acordada por unanimidad, puede presentar el nombre de una persona no incluida en la lista de nominaciones, siempre que el candidato cumpla las condiciones requeridas para ser juez de la CIJ. En la práctica, nunca se ha convocado una conferencia conjunta. En lugar de ello, la Asamblea y el Consejo continuaron con la votación en reuniones posteriores hasta que el mismo candidato recibió una mayoría absoluta de votos en ambos órganos (normalmente después de que el candidato más débil se retiró).

Si la Asamblea General y el Consejo de Seguridad no logran cubrir uno o más puestos vacantes, los magistrados de la CIJ que ya hayan sido elegidos procederán a cubrir los puestos vacantes eligiéndolos entre los candidatos que hayan obtenido votos en la Asamblea General o en el Consejo de Seguridad. En caso de empate entre los magistrados, el de mayor edad tendrá voto decisivo. Este procedimiento nunca se ha utilizado.

Elección

Fuentes: [8] [1] [2]

Como más de cinco candidatos obtuvieron la mayoría absoluta de votos después de la primera ronda de votación en la Asamblea General, se necesitaron más rondas hasta que solo cinco, y no más, obtuvieron la mayoría absoluta. La Asamblea celebró una segunda ronda de votación, técnicamente todavía en la misma reunión, el 12 de noviembre. Después de que Emmanuel Ugirashebuja recibiera menos de 97 votos, solo quedaron 5 candidatos con una mayoría absoluta.

El Consejo de Seguridad, reunido independientemente pero simultáneamente con la Asamblea General, eligió cinco candidatos en una única ronda de votación el 11 de noviembre de 2020.

Como los cinco candidatos fueron elegidos por la Asamblea y el Consejo, fueron elegidos para la Corte, sin necesidad de más rondas de votación. [1] [2]

Referencias

  1. ^ abc "La Asamblea General elige, en segunda ronda de votación secreta, a cinco jueces que cumplirán mandatos de nueve años en la Corte Internacional de Justicia | Cobertura de reuniones y comunicados de prensa". www.un.org . Centro de Noticias de la ONU. 12 de noviembre de 2020 . Consultado el 12 de abril de 2021 .
  2. ^ abc "El Consejo de Seguridad elige a cinco jueces de la Corte Internacional de Justicia tras una única ronda de votación | Cobertura de las reuniones y comunicados de prensa". www.un.org . Centro de Noticias de la ONU. 12 de noviembre de 2020 . Consultado el 12 de abril de 2021 .
  3. ^ abcde Elegido para cubrir una vacante ocasional
  4. ^ ab "Miembros de la Corte" . Consultado el 16 de abril de 2021 .
  5. ^ "Elección de miembros de la Corte Internacional de Justicia / Memorándum del Secretario General" . Consultado el 16 de abril de 2021 .
  6. ^ "Elección de miembros de la Corte Internacional de Justicia: lista de candidaturas presentadas por grupos nacionales / Memorándum del Secretario General" . Consultado el 16 de abril de 2021 .
  7. ^ "Resumen de las actas de las reuniones del Consejo de Seguridad: Elección de miembros de la Corte Internacional de Justicia" (PDF) . Consultado el 17 de abril de 2021 .
  8. ^ "La Asamblea General no elige a cinco jueces para la Corte Internacional de Justicia | Cobertura de reuniones y comunicados de prensa". www.un.org . Centro de Noticias ONU. 11 de noviembre de 2020 . Consultado el 16 de abril de 2021 .